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Euskadi · mejora de envolvente con calificación CEE · régimen histórico de 2011

El plazo de esta convocatoria ha finalizado. Conservamos su información como referencia; consulta las ayudas abiertas y próximas.

Convocatoria cerradaAutonómica

Ayuda comunitaria histórica a la envolvente térmica: 30 % del presupuesto protegible, máximo 30.000 €, si M2 está entre 0 % y 50 %; 50 %, máximo 45.000 €, si supera 50 %. M2 compara pérdidas de la envolvente con el edificio referente del CTE; no es un porcentaje de emisiones ni de consumo del CEE. Se exige justificar las calificaciones energéticas en la solicitud y el proyecto. Describe la modificación de 2011 del régimen de 2006, derogado en 2021; no es una convocatoria municipal ni una nueva edición anual.

País Vasco

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
Sin fecha publicada

Lo que necesitas saber

¿Quién puede solicitarla?

Comunidades de propietarios para actuaciones protegibles en la envolvente de edificios predominantemente residenciales de Euskadi. La base exige licencia, antigüedad superior a diez años salvo excepciones y uso residencial de al menos dos tercios de la superficie útil excluida planta baja. Condiciones de habitabilidad, presupuesto y documentación según bases y modificaciones aplicables al periodo.

¿Necesito certificado energético?

Anexo I, apartados 3 y 6: calificación energética según el procedimiento del RD 47/2007, para los estados actual, referente y reformado. La tabla justificativa debe acompañar la solicitud oficial y el proyecto. No se atribuye registro conforme a normativa posterior ni subvención específica para emitir un CEE aislado.

¿Hay restricciones en mi zona?

Actuaciones comunitarias protegibles en edificios predominantemente residenciales del País Vasco; sólo coste de mejora de envolvente para limitar demanda. Si no se actúa sobre algún cerramiento, justificar pérdidas reformadas no superiores al edificio referente. Presupuesto protegible sin IVA conforme a la base; no limitado a Repélega ni a un ERRP.

¿Qué debo saber sobre el plazo?

La modificación entró en vigor el 30-11-2011: es vigencia normativa, no una apertura anual de solicitudes. Régimen sujeto a crédito anual y eventual suspensión publicada; no se inventa un cierre por agotamiento. Artículos 7 y 10–11 de la base regulan ejecución, tramitación y resolución, sin fijar una fecha anual final. La modificación de 2014 altera requisitos de ITE y coste; esta ficha identifica las cuantías de envolvente de la versión de 2011, sin presentar una versión consolidada de todos los años. No atribuye ayudas de honorarios ITE al coste del CEE.

Información contrastada el 8 oct 2026.

Ver convocatoria oficial (abre una pestaña nueva)

Antes de solicitarla, comprueba las bases, los fondos disponibles y los requisitos en la fuente oficial.