Ayuda regional para rehabilitar edificios y viviendas dentro de las ARI delimitadas de Camiños de Santiago, Illas Atlánticas y Ribeira Sacra. Vínculo CEE limitado a la renovación con demolición y sustitución: la nueva vivienda debe alcanzar clase energética B, acreditada mediante el sistema de certificación y etiqueta del RD 390/2021. En esa sublínea, máximo de 30.000 € por vivienda sustituida; rehabilitación, hasta 12.000 € por vivienda. Intensidad general máxima del 50 %, con supuestos tasados hasta 75 %. Solicitudes cerradas.
Galicia
- Apertura
- 31 oct 2023
- Cierre
- 30 nov 2023
Lo que necesitas saber
¿Quién puede solicitarla?
Comunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios, agrupaciones de propietarios y personas físicas propietarias o usufructuarias de edificios o viviendas, conforme a las bases reguladoras. La ayuda financia actuaciones de rehabilitación o renovación situadas dentro de las ARI elegibles; no es una ayuda general para emitir CEE.
¿Hay restricciones en mi zona?
Solo actuaciones en inmuebles incluidos en las delimitaciones oficiales de las ARI de Camiños de Santiago, Parque Nacional das Illas Atlánticas y Ribeira Sacra contempladas por la convocatoria 2023; no comprende todos los inmuebles de Galicia. La condición CEE de clase B se aplica únicamente a edificios/viviendas nuevos construidos en sustitución de los previamente demolidos.
¿Qué debo saber sobre el plazo?
BDNS 723375. Crédito inicial total 6.617.000 € con cargo a los presupuestos de Galicia de 2023: Camiños 5.472.000 €, Illas Atlánticas 12.000 € y Ribeira Sacra 1.133.000 €. Concesión no competitiva hasta agotamiento. Máximo general de 12.000 €/vivienda rehabilitada y 30.000 €/vivienda nueva en sustitución de otra demolida; porcentaje general máximo del 50 % y hasta el 75 % en supuestos previstos. La convocatoria deriva del Plan Estatal de Vivienda 2018–2021 y consigna crédito autonómico; no se atribuyen fondos UE. CEE/clase B solo para la sublínea de renovación con sustitución.
Cómo se solicitaba
Certificado energético: según la actuación
Vínculo directo, pero limitado a la sublínea de renovación: las bases exigen que las viviendas/edificios nuevos construidos en sustitución alcancen una calificación energética mínima B. El RD 390/2021 define esa calificación mediante la metodología de certificación y la expresa en la etiqueta energética; obtener y registrar el certificado da derecho a dicha etiqueta (arts. 2.a y 15.1). No se exige CEE ni se calcula ayuda por CEE en las demás actuaciones de rehabilitación.
Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.
Información contrastada el 13 oct 2026.