Ayuda regional para rehabilitar edificios y viviendas dentro de las ARI delimitadas de Camiños de Santiago y Ribeira Sacra. Vínculo CEE limitado a la renovación con demolición y sustitución: la nueva vivienda debe alcanzar clase energética B, acreditada mediante el sistema de certificación y etiqueta del RD 390/2021. En esa sublínea, máximo de 30.000 € por vivienda sustituida; rehabilitación, hasta 12.000 € por vivienda. Intensidad general máxima del 50 %, con supuestos tasados hasta 75 %. Solicitudes cerradas.
Galicia
- Apertura
- 31 ago 2026
- Cierre
- 30 sept 2026
Lo que necesitas saber
¿Quién puede solicitarla?
Comunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios, agrupaciones de propietarios y personas físicas propietarias o usufructuarias de edificios o viviendas, conforme a las bases reguladoras. La ayuda financia actuaciones de rehabilitación o renovación situadas dentro de las ARI elegibles; no es una ayuda general para emitir CEE.
¿Hay restricciones en mi zona?
Solo actuaciones en inmuebles incluidos en las delimitaciones oficiales de las ARI de Camiños de Santiago y Ribeira Sacra contempladas por la convocatoria 2026; no comprende todos los inmuebles de Galicia. La condición CEE de clase B se aplica únicamente a edificios/viviendas nuevos construidos en sustitución de los previamente demolidos.
¿Qué debo saber sobre el plazo?
BDNS 925651. Crédito inicial total 2.830.000 € con cargo a los presupuestos de Galicia de 2026: Camiños 2.030.000 € y Ribeira Sacra 800.000 €. Concesión no competitiva hasta agotar el crédito. Máximo general de 12.000 €/vivienda rehabilitada y 30.000 €/vivienda nueva en sustitución de otra demolida; porcentaje general máximo del 50 % y hasta el 75 % en supuestos previstos. La convocatoria consigna crédito autonómico y se enmarca en el Plan Estatal de Vivienda 2018–2021; no se atribuyen fondos UE. CEE/clase B solo para la sublínea de renovación con sustitución.
Cómo se solicitaba
Certificado energético: según la actuación
Vínculo directo, pero limitado a la sublínea de renovación: las bases reguladoras incorporadas por esta convocatoria exigen que las viviendas/edificios nuevos construidos en sustitución alcancen una calificación energética mínima B. El RD 390/2021 define esa calificación mediante la metodología de certificación y la expresa en la etiqueta energética; obtener y registrar el certificado da derecho a dicha etiqueta (arts. 2.a y 15.1). No se exige CEE ni se calcula ayuda por CEE en las demás actuaciones.
Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.
Información contrastada el 13 oct 2026.