Ayuda histórica para ocho portales del barrio de María Dolores Madaria. Exige CEE previo, estimado y final y un ahorro mínimo del 30 % de energía primaria no renovable. Ayuda base del 40 %, 65 % u 80 %, con máximos de 8.100, 14.500 o 21.400 € por vivienda según ahorro; complementos por vulnerabilidad y gastos técnicos sujetos a las bases.
Urduña/Orduña · Bizkaia · País Vasco
- Apertura
- Sin fecha publicada
- Cierre
- Sin fecha publicada
Lo que necesitas saber
¿Quién puede solicitarla?
Comunidades y agrupaciones de propietarios, propietarios o usufructuarios privados o públicos, cooperativas y demás destinatarios del artículo 7. Arrendatarios que costeen las obras por acuerdo y entidades arrendatarias o concesionarias con facultad expresa, conforme a las condiciones de las bases. Sólo edificios del ámbito delimitado.
¿Necesito certificado energético?
CEE previo registrado conforme al RD 390/2021, previsto con el mismo programa y final registrado. Artículo 4.d exige al menos 30 % de ahorro de energía primaria no renovable y reducción de demanda de 35 % en las zonas D/E indicadas en las bases; no extender el ámbito territorial por referencias climáticas. La ayuda base depende del ahorro acreditado.
¿Hay restricciones en mi zona?
Exclusivamente María Dolores Madaria 1, 3, 5 y 7; Gran Vía 3 y 5; Paseo de la Antigua 4 y 6. Edificios colectivos con al menos 50 % de superficie construida sobre rasante residencial, excluidas planta baja e inferiores con otros usos. No todo el municipio.
¿Qué debo saber sobre el plazo?
BDNS 803624, distinta de Next 744580 y Landatas ZAP 803614. Artículo 5: 855.000 € (820.000 rehabilitación y 35.000 criterio social), frente a 945.697,82 € en API, sin modificación que explique la diferencia localizada. Artículo 5 exige ejecución hasta 30-10-2025; artículo 37 establece 18 meses desde notificación de licencia, ampliación justificada y justificación de dos meses con máximo 31-10-2025: no son plazos de nuevas solicitudes. Base por ahorro 30–<45/45–<60/≥60 %: 40/65/80 %, máximos 8.100/14.500/21.400 € por vivienda y 72/130/192 € por m² de local participante, sujeto al menor límite aplicable. Vulnerabilidad: hasta 100 % y 20.250/22.308/26.750 € según renta y miembros. Costes técnicos, IVA no recuperable y demás límites de artículo 17; no se identifica límite individual del CEE. Financiación del acuerdo vasco y municipal; referencias europeas en el texto y presencia en PRTR no prueban que toda esta convocatoria sea MRR (API mrr=false). Compatibilidad limitada por artículo 34, que excluye determinadas ayudas del Departamento vasco a comunidades; artículo 14 da prevalencia a Programa 1 Next si se accede. La cláusula Next 744580 expresa compatibilidad ZAP: conflicto documental pendiente, no asumir acumulación incondicional. No se acredita saldo actual.
Información contrastada el 7 oct 2026.
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