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Subvenciones en La Rioja

Ayudas abiertas y próximas para esta zona, junto a las convocatorias anteriores.

Ayudas abiertas y próximas

3 convocatorias

Plazo abiertoAutonómica

La Rioja · eficiencia energética en edificios terciarios 2026

La Rioja

Apertura
17 jul 2026
Cierre
30 oct 2026

Resumen y requisitos

Ayudas ADER a proyectos de ahorro energético en edificios existentes del sector terciario. La convocatoria sigue abierta según el plazo publicado en el BOR.

Para quién. PYMES y grandes empresas privadas que sean propietarias, explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, locales o partes de edificios terciarios y cumplan los requisitos de actividad y establecimiento en La Rioja.

Certificado energético. Condicional: para los proyectos del programa 3 de eficiencia energética en edificios, las bases exigen que la demanda inicial de energía primaria y la mejora estimada se establezcan por referencia a un CEE. Las líneas que no sean proyectos de eficiencia energética de edificios no heredan automáticamente ese requisito.

Restricciones territoriales. Solo edificios existentes del sector terciario y actividades CNAE elegibles; las actuaciones subvencionables y combinaciones dependen de la tipología del proyecto.

Plazo. El extracto oficial del BOR fija el cierre a las 14:00 del 30-10-2026; la ficha de metadatos de BDNS muestra 30-09-2026. Se conserva la fecha del extracto de convocatoria publicado oficialmente.

Información contrastada el 30 sept 2026.

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Plazo abiertoNacional

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Toda España

Apertura
15 sept 2026
Cierre
18 nov 2026

Resumen y requisitos

Proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética; no es una ayuda doméstica ordinaria.

Para quién. Empresas y entidades que cumplan las bases.

Certificado energético. En renovación profunda de edificios: CEE inicial y previsto; CEE final registrado al justificar. No se exige a todas las tipologías industriales.

Plazo. Cierra a las 12:00 h.

Información contrastada el 30 sept 2026.

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Plazo abiertoNacional

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Toda España

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
31 dic 2027

Resumen y requisitos

Beneficio fiscal estatal, no subvención en efectivo. La disposición adicional 50 de la Ley del IRPF prevé deducciones del 20 % (reducción mínima del 7 % de la demanda de calefacción/refrigeración), 40 % (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B) y 60 % para obras en edificios residenciales (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B). Se acreditan mediante certificados CEE antes y después; el coste de emitirlos también puede integrar la base, con los límites y condiciones legales.

Para quién. Contribuyentes del IRPF que sean titulares de vivienda habitual u otra vivienda arrendada o destinada al alquiler en los supuestos de las deducciones individuales; para la deducción del 60 %, propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial donde se realicen las obras. La parte afecta a actividad económica no da derecho.

Certificado energético. CEE requerido: la DA 50 establece reducciones mínimas acreditadas comparando los certificados de eficiencia energética de antes y después de las obras; para edificios residenciales, fija igualmente umbrales CEE de energía primaria o clase A/B. Los certificados deben expedirse y registrarse conforme al Real Decreto 390/2021. La base deducible incluye el coste de emisión de los CEE y descuenta importes subvencionados con ayudas públicas.

Restricciones territoriales. Régimen estatal del IRPF aplicable en España. La DA 50 distingue obras en vivienda (apartados 1 y 2) y rehabilitación energética de edificios predominantemente residenciales (apartado 3); no se aplica a la parte afecta a actividad económica.

Plazo. No es una convocatoria ni tiene plazo de solicitud de subvención: se aplica en la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente, sujeto a los requisitos de la DA 50. Los apartados 1 y 2 exigen obras y cantidades satisfechas hasta 31-12-2026 y CEE posterior expedido antes de 01-01-2027; el apartado 3 permite obras en edificios residenciales hasta 31-12-2027 y exige CEE antes de 01-01-2028. Bases máximas: 5.000 €/año (20 %), 7.500 €/año (40 %) y 5.000 €/año para 60 %, con arrastre de exceso durante cuatro ejercicios y base acumulada máxima de 15.000 € en este último caso. Las ayudas públicas recibidas por las obras se restan de la base; verificar la situación tributaria individual con la AEAT o asesor fiscal.

Información contrastada el 6 oct 2026.

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Convocatorias cerradas

El plazo ha finalizado. Conservamos estas ayudas como referencia.

1 convocatoria
Convocatoria cerradaAutonómica

La Rioja · PRTR programa 4 de eficiencia energética en viviendas 2026

La Rioja

Apertura
17 feb 2026
Cierre
29 jun 2026

Resumen y requisitos

Ayudas PRTR para mejorar la eficiencia energética de viviendas; la convocatoria de solicitudes está cerrada.

Para quién. Personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas habituales, conforme al Real Decreto 853/2021.

Certificado energético. La solicitud debe incluir el CEE del estado actual y el CEE previsto tras las actuaciones, calculados con el mismo programa reconocido; la justificación requiere el CEE final.

Información contrastada el 30 sept 2026.

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¿Estas ayudas se aplican a mi vivienda?

Incluimos convocatorias con cobertura autonómica y ayudas de ámbito más amplio aplicables a La Rioja. La cobertura territorial no garantiza que cumplas los requisitos: algunas limitan barrios, tipos de inmueble o beneficiarios.