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Subvenciones en Les Franqueses del Vallès

Ayudas abiertas y próximas para esta zona, junto a las convocatorias anteriores.

Ayudas abiertas y próximas

3 convocatorias

Plazo abiertoMunicipal

Les Franqueses del Vallès · rehabilitación de edificios plurifamiliares 2026

Les Franqueses del Vallès · Barcelona · Cataluña

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
17 oct 2026

Resumen y requisitos

Ayudas municipales para comunidades de propietarios que rehabiliten edificios residenciales, incluidas medidas de ahorro energético. Solicitudes abiertas hasta el 17-10-2026; subvención de hasta el 50 %, con máximo de 4.000 € por vivienda/local y 40.000 € por inmueble.

Para quién. Comunidades de propietarios legalmente constituidas de edificios plurifamiliares de Les Franqueses del Vallès con al menos 70 % de uso residencial, planta baja más una planta, un mínimo de cuatro viviendas y que cumplan las condiciones técnicas de las bases. El requisito de antigüedad superior a 15 años no se aplica a actuaciones de eficiencia energética o accesibilidad.

Certificado energético. Condicional: en actuaciones de ahorro energético, las bases piden los documentos oficiales reconocidos de los certificados de eficiencia energética que correspondan según la actuación; no se exige CEE para todas las líneas de rehabilitación.

Restricciones territoriales. Edificios plurifamiliares de uso residencial ubicados en el término municipal de Les Franqueses del Vallès y que cumplan los requisitos de uso, altura, número de viviendas y legalidad urbanística de las bases.

Plazo. La noticia oficial municipal, actualizada el 30-09-2026, indica que las solicitudes pueden presentarse desde junio hasta el 17-10-2026. No fija día exacto de apertura. CIDO indicaba cierre el 16-10; se usa la fecha oficial municipal más reciente y explícita, que resuelve la discrepancia a favor del 17-10.

Información contrastada el 1 oct 2026.

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Plazo abiertoNacional

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Toda España

Apertura
15 sept 2026
Cierre
18 nov 2026

Resumen y requisitos

Proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética; no es una ayuda doméstica ordinaria.

Para quién. Empresas y entidades que cumplan las bases.

Certificado energético. En renovación profunda de edificios: CEE inicial y previsto; CEE final registrado al justificar. No se exige a todas las tipologías industriales.

Plazo. Cierra a las 12:00 h.

Información contrastada el 30 sept 2026.

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Plazo abiertoNacional

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Toda España

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
31 dic 2027

Resumen y requisitos

Beneficio fiscal estatal, no subvención en efectivo. La disposición adicional 50 de la Ley del IRPF prevé deducciones del 20 % (reducción mínima del 7 % de la demanda de calefacción/refrigeración), 40 % (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B) y 60 % para obras en edificios residenciales (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B). Se acreditan mediante certificados CEE antes y después; el coste de emitirlos también puede integrar la base, con los límites y condiciones legales.

Para quién. Contribuyentes del IRPF que sean titulares de vivienda habitual u otra vivienda arrendada o destinada al alquiler en los supuestos de las deducciones individuales; para la deducción del 60 %, propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial donde se realicen las obras. La parte afecta a actividad económica no da derecho.

Certificado energético. CEE requerido: la DA 50 establece reducciones mínimas acreditadas comparando los certificados de eficiencia energética de antes y después de las obras; para edificios residenciales, fija igualmente umbrales CEE de energía primaria o clase A/B. Los certificados deben expedirse y registrarse conforme al Real Decreto 390/2021. La base deducible incluye el coste de emisión de los CEE y descuenta importes subvencionados con ayudas públicas.

Restricciones territoriales. Régimen estatal del IRPF aplicable en España. La DA 50 distingue obras en vivienda (apartados 1 y 2) y rehabilitación energética de edificios predominantemente residenciales (apartado 3); no se aplica a la parte afecta a actividad económica.

Plazo. No es una convocatoria ni tiene plazo de solicitud de subvención: se aplica en la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente, sujeto a los requisitos de la DA 50. Los apartados 1 y 2 exigen obras y cantidades satisfechas hasta 31-12-2026 y CEE posterior expedido antes de 01-01-2027; el apartado 3 permite obras en edificios residenciales hasta 31-12-2027 y exige CEE antes de 01-01-2028. Bases máximas: 5.000 €/año (20 %), 7.500 €/año (40 %) y 5.000 €/año para 60 %, con arrastre de exceso durante cuatro ejercicios y base acumulada máxima de 15.000 € en este último caso. Las ayudas públicas recibidas por las obras se restan de la base; verificar la situación tributaria individual con la AEAT o asesor fiscal.

Información contrastada el 6 oct 2026.

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¿Estas ayudas se aplican a mi vivienda?

Incluimos convocatorias con cobertura municipal y ayudas de ámbito más amplio aplicables a Les Franqueses del Vallès. La cobertura territorial no garantiza que cumplas los requisitos: algunas limitan barrios, tipos de inmueble o beneficiarios.