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Subvenciones en Castelldefels

Ayudas abiertas y próximas para esta zona, junto a las convocatorias anteriores.

Ayudas abiertas y próximas

2 convocatorias

Plazo abiertoNacional

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Toda España

Apertura
15 sept 2026
Cierre
18 nov 2026

Resumen y requisitos

Proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética; no es una ayuda doméstica ordinaria.

Para quién. Empresas y entidades que cumplan las bases.

Certificado energético. En renovación profunda de edificios: CEE inicial y previsto; CEE final registrado al justificar. No se exige a todas las tipologías industriales.

Plazo. Cierra a las 12:00 h.

Información contrastada el 30 sept 2026.

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Plazo abiertoNacional

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Toda España

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
31 dic 2027

Resumen y requisitos

Beneficio fiscal estatal, no subvención en efectivo. La disposición adicional 50 de la Ley del IRPF prevé deducciones del 20 % (reducción mínima del 7 % de la demanda de calefacción/refrigeración), 40 % (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B) y 60 % para obras en edificios residenciales (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B). Se acreditan mediante certificados CEE antes y después; el coste de emitirlos también puede integrar la base, con los límites y condiciones legales.

Para quién. Contribuyentes del IRPF que sean titulares de vivienda habitual u otra vivienda arrendada o destinada al alquiler en los supuestos de las deducciones individuales; para la deducción del 60 %, propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial donde se realicen las obras. La parte afecta a actividad económica no da derecho.

Certificado energético. CEE requerido: la DA 50 establece reducciones mínimas acreditadas comparando los certificados de eficiencia energética de antes y después de las obras; para edificios residenciales, fija igualmente umbrales CEE de energía primaria o clase A/B. Los certificados deben expedirse y registrarse conforme al Real Decreto 390/2021. La base deducible incluye el coste de emisión de los CEE y descuenta importes subvencionados con ayudas públicas.

Restricciones territoriales. Régimen estatal del IRPF aplicable en España. La DA 50 distingue obras en vivienda (apartados 1 y 2) y rehabilitación energética de edificios predominantemente residenciales (apartado 3); no se aplica a la parte afecta a actividad económica.

Plazo. No es una convocatoria ni tiene plazo de solicitud de subvención: se aplica en la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente, sujeto a los requisitos de la DA 50. Los apartados 1 y 2 exigen obras y cantidades satisfechas hasta 31-12-2026 y CEE posterior expedido antes de 01-01-2027; el apartado 3 permite obras en edificios residenciales hasta 31-12-2027 y exige CEE antes de 01-01-2028. Bases máximas: 5.000 €/año (20 %), 7.500 €/año (40 %) y 5.000 €/año para 60 %, con arrastre de exceso durante cuatro ejercicios y base acumulada máxima de 15.000 € en este último caso. Las ayudas públicas recibidas por las obras se restan de la base; verificar la situación tributaria individual con la AEAT o asesor fiscal.

Información contrastada el 6 oct 2026.

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Convocatorias cerradas

El plazo ha finalizado. Conservamos estas ayudas como referencia.

6 convocatorias
Convocatoria cerradaMunicipal

Castelldefels · Vista Alegre · rehabilitación y accesibilidad · convocatoria histórica 2014

Castelldefels · Barcelona · Cataluña

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
Sin fecha publicada

Resumen y requisitos

Ayudas a rehabilitación de elementos comunes y accesibilidad dentro del PII Vista Alegre. Los certificados energéticos son gastos técnicos subvencionables. Estructura: 50 % hasta 7.000 € por unidad registral; fachadas y cubiertas: 50 % hasta 2.000 €; instalaciones y reunificación: 25 % hasta 2.000 €; zonas comunes: 25 % hasta 2.500 €; rampas y puertas: 50 % hasta 2.500 €; ascensores: 50 % hasta 4.000 € con itinerario practicable o 40 % hasta 3.000 € sin él. El máximo se multiplica por las unidades registrales afectadas. Complemento social del 100 % de la cuota, máximo 10.000 € por unidad registral, con ingresos de unidad familiar hasta dos veces IRSC, sin otros inmuebles y residencia habitual. Dotación 88.000 €, prevista al 50 % municipal y 50 % Generalitat, sin saldo acreditado. Edición histórica cerrada.

Para quién. Comunidades de propietarios y personas físicas o jurídicas propietarias o titulares de derechos reales en el ámbito del PII. La modificación definitiva de 04-07-2014 amplía el artículo 3.3: cuando parte de titulares asume el coste total, deja de limitarlo a accesibilidad/cubiertas. En el supuesto de finca de una única unidad registral, artículo 3.4 sólo contempla obras de accesibilidad. Rehabilitación: edificios anteriores a 01-01-1981 o viviendas con requerimiento o autorización por riesgo; accesibilidad: anteriores a 31-12-1996, con excepción de unifamiliares posteriores con residentes con discapacidad. Al menos 70 % de superficie útil destinada a vivienda, excluidas planta baja y bajo rasante.

Certificado energético. El artículo 9.4 incluye expresamente certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables y justificables, junto a honorarios, diagnósticos e inspecciones. Es un coste asociado a las obras elegibles, sin obligación general de CEE ni ayuda autónoma para emitirlo. El Certificado de Final de Obras y el marcado CE de ascensores de los artículos 9.2.3–5 son documentos distintos del CEE.

Restricciones territoriales. Sólo inmuebles dentro del perímetro del PII Vista Alegre delimitado en el plano del Anexo1p10, inspeccionado visualmente; no toda Castelldefels ni cualquier inmueble del barrio. Requisitos artículo1, exclusión de actuaciones ya subvencionadas y regla de diez años artículo3. Compatibilidad con Consorci Metropolità de l’Habitatge sin superar 100 % del coste. Financiación prevista50 % local y50 % autonómica por Ley de barrios, sin origenUE acreditado. Cuantías de esta edición por unidad registral, distintas de la edición2016.

Plazo. Artículo 4.2: solicitudes desde aprobación de convocatoria, sin fecha de apertura exacta inequívoca. El texto BOPB consigna literalmente 31/11/2014, fecha inexistente; CIDO indica 30/11/2014. Se conservan ambas evidencias sin normalizar ni inventar cierre exacto. Junta aprobó bases/convocatoria el 24-04-2014, publicadas 12-05-2014; aprobación definitiva con modificación de beneficiarios el 12-06-2014, publicada 04-07-2014. Obras iniciadas entre 23-06-2010 y 31-12-2014; justificación antes de tres meses desde fin y máximo antes de 31-12-2014, con prórroga del PII condicional: no son nuevos plazos de solicitud.

Información contrastada el 9 oct 2026.

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Convocatoria cerradaMunicipal

Castelldefels · Vista Alegre · rehabilitación y accesibilidad · convocatoria histórica 2019

Castelldefels · Barcelona · Cataluña

Apertura
5 mar 2019
Cierre
30 mar 2019

Resumen y requisitos

Ayudas a rehabilitación y accesibilidad dentro del PII Vista Alegre. Incluyen certificados energéticos como gasto técnico subvencionable asociado a las obras. Estructura: 50 % hasta 7.000 € por vivienda/local; fachadas y cubiertas: 50 % hasta 2.000 €; instalaciones y reunificación: 25 % hasta 2.000 €; zonas comunes: 25 % hasta 2.500 €; rampas y puertas: 50 % hasta 2.500 €; ascensores: 50 % hasta 4.000 € con itinerario practicable o 40 % hasta 3.000 € sin él. Máximos multiplicados por viviendas/locales afectados; propiedad vertical según PERI 1989. Complemento social hasta 100 % de cuota y máximo 10.000 € por vivienda, salvo excepción por riesgo. Dotación 100.000 €, prevista al 50 % municipal y 50 % Generalitat, sin saldo acreditado. Edición histórica cerrada.

Para quién. Comunidades de propietarios, personas físicas o jurídicas propietarias o titulares de derechos reales sobre viviendas o locales del ámbito, incluyendo propiedad vertical y supuestos especiales del artículo 3. Excluye entidades financieras. Rehabilitación: edificios anteriores al 01-01-1981 o posteriores con requerimiento por riesgo. Accesibilidad: anteriores al 31-12-1996 y excepción para unifamiliares posteriores con residentes con discapacidad. Al menos 70 % de superficie útil destinada a vivienda, excluidas planta baja y bajo rasante. Complemento social para personas físicas beneficiarias u obligadas al pago, con vivienda habitual y sin otros inmuebles salvo un garaje y un trastero; ingresos brutos anuales máximos 16.000 € para una persona, incrementados en 1.200 € por cada miembro adicional. También aplicable a beneficiarios de la convocatoria inmediatamente anterior bajo los requisitos en ambos momentos.

Certificado energético. El artículo 9.4 incluye expresamente certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables y justificables, junto a honorarios, diagnósticos e inspecciones. Es un coste asociado a las obras elegibles, sin obligación general de CEE ni ayuda autónoma para emitirlo. El Certificado de Final de Obras y el marcado CE de ascensores de los artículos 9.2.3–5 son documentos distintos del CEE.

Restricciones territoriales. Sólo inmuebles dentro del perímetro del PII Vista Alegre delimitado en el plano del Anexo 1 (página 10), inspeccionado visualmente; no toda Castelldefels ni cualquier inmueble del barrio. Requisitos del artículo 1 y exclusión de actuaciones ya subvencionadas por el mismo concepto; regla de diez años del artículo 3. Compatibilidad con ayudas del Consorci Metropolità de l’Habitatge sin superar el 100 % del coste. Financiación prevista 50 % local y 50 % autonómica por Ley de barrios, sin origen UE acreditado. Gastos vinculados a personas o entidades relacionadas sujetos a tres presupuestos y selección del más económico; IVA recuperable excluido. Zonas comunes excluyen unifamiliares; instalaciones unifamiliares sólo fachada exterior. Extracto2019 añade relación con los propios beneficiarios a la exclusión de gastos vinculados, con excepción de tres presupuestos y elección del más económico. Personas jurídicas con ayudas superiores a 10.000 € deben facilitar retribuciones de órganos directivos según el extracto.

Plazo. Solicitudes desde el día siguiente a la publicación del extracto (04-03-2019) hasta 30-03-2019. Obras iniciadas a partir de 23-06-2010; fecha final de obras y facturas no puede superar 30-06-2019. Plazo máximo de justificación 30-06-2019, distinto de nuevas solicitudes. Convocatoria remite expresamente a bases definitivas de 16-03-2017 publicadas 07-04-2017. Ascensores exclusivamente en viviendas plurifamiliares según objeto del extracto; ambigüedad del artículo 9.4g de bases conservada sin inferir elegibilidad general. No se acredita saldo ni ausencia exhaustiva de modificaciones. El PDF servido por enlace legado 022019003576 lleva CVE2019007348; ambos identificadores corresponden al extracto BDNS441549 de 04-03-2019.

Información contrastada el 9 oct 2026.

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Convocatoria cerradaMunicipal

Castelldefels · Vista Alegre · rehabilitación y accesibilidad · convocatoria histórica 2018

Castelldefels · Barcelona · Cataluña

Apertura
1 mar 2018
Cierre
15 may 2018

Resumen y requisitos

Ayudas a rehabilitación y accesibilidad dentro del PII Vista Alegre. Incluyen certificados energéticos como gasto técnico subvencionable asociado a las obras. Estructura: 50 % hasta 7.000 € por vivienda/local; fachadas y cubiertas: 50 % hasta 2.000 €; instalaciones y reunificación: 25 % hasta 2.000 €; zonas comunes: 25 % hasta 2.500 €; rampas y puertas: 50 % hasta 2.500 €; ascensores: 50 % hasta 4.000 € con itinerario practicable o 40 % hasta 3.000 € sin él. Máximos multiplicados por viviendas/locales afectados; propiedad vertical según PERI 1989. Complemento social hasta 100 % de cuota y máximo 10.000 € por vivienda, salvo excepción por riesgo. Dotación 160.000 €, prevista al 50 % municipal y 50 % Generalitat, sin saldo acreditado. Edición histórica cerrada.

Para quién. Comunidades de propietarios, personas físicas o jurídicas propietarias o titulares de derechos reales sobre viviendas o locales del ámbito, incluyendo propiedad vertical y supuestos especiales del artículo 3. Excluye entidades financieras. Rehabilitación: edificios anteriores al 01-01-1981 o posteriores con requerimiento por riesgo. Accesibilidad: anteriores al 31-12-1996 y excepción para unifamiliares posteriores con residentes con discapacidad. Al menos 70 % de superficie útil destinada a vivienda, excluidas planta baja y bajo rasante. Complemento social para personas físicas beneficiarias u obligadas al pago, con vivienda habitual y sin otros inmuebles salvo un garaje y un trastero; ingresos brutos anuales máximos 16.000 € para una persona, incrementados en 1.200 € por cada miembro adicional. También aplicable a beneficiarios de la convocatoria inmediatamente anterior bajo los requisitos en ambos momentos.

Certificado energético. El artículo 9.4 incluye expresamente certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables y justificables, junto a honorarios, diagnósticos e inspecciones. Es un coste asociado a las obras elegibles, sin obligación general de CEE ni ayuda autónoma para emitirlo. El Certificado de Final de Obras y el marcado CE de ascensores de los artículos 9.2.3–5 son documentos distintos del CEE.

Restricciones territoriales. Sólo inmuebles dentro del perímetro del PII Vista Alegre delimitado en el plano del Anexo 1 (página 10), inspeccionado visualmente; no toda Castelldefels ni cualquier inmueble del barrio. Requisitos del artículo 1 y exclusión de actuaciones ya subvencionadas por el mismo concepto; regla de diez años del artículo 3. Compatibilidad con ayudas del Consorci Metropolità de l’Habitatge sin superar el 100 % del coste. Financiación prevista 50 % local y 50 % autonómica por Ley de barrios, sin origen UE acreditado. Gastos vinculados a personas o entidades relacionadas sujetos a tres presupuestos y selección del más económico; IVA recuperable excluido. Zonas comunes excluyen unifamiliares; instalaciones unifamiliares sólo fachada exterior.

Plazo. Solicitudes desde el día siguiente a la publicación del extracto (28-02-2018) hasta 15-05-2018. Obras iniciadas a partir de 23-06-2010. Plazo máximo de justificación 30-09-2018, distinto de nuevas solicitudes. Convocatoria remite expresamente a las bases definitivas de 16-03-2017 publicadas 07-04-2017. Ascensores exclusivamente en viviendas plurifamiliares según objeto del extracto; ambigüedad en artículo 9.4g de bases conservada sin inferir elegibilidad general. No se acredita saldo ni ausencia exhaustiva de modificaciones. El PDF servido por el enlace legado 022018004180 lleva CVE 2018008201; ambos identificadores corresponden al extracto BDNS387042 de 28-02-2018.

Información contrastada el 9 oct 2026.

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Convocatoria cerradaMunicipal

Castelldefels · Vista Alegre · rehabilitación y accesibilidad · convocatoria histórica 2017

Castelldefels · Barcelona · Cataluña

Apertura
13 jun 2017
Cierre
31 oct 2017

Resumen y requisitos

Ayudas a rehabilitación y accesibilidad dentro del PII Vista Alegre. Incluyen certificados energéticos como gasto técnico subvencionable asociado a las obras. Estructura: 50 % hasta 7.000 € por vivienda/local; fachadas y cubiertas: 50 % hasta 2.000 €; instalaciones y reunificación: 25 % hasta 2.000 €; zonas comunes: 25 % hasta 2.500 €; rampas y puertas: 50 % hasta 2.500 €; ascensores: 50 % hasta 4.000 € con itinerario practicable o 40 % hasta 3.000 € sin él. Máximos multiplicados por viviendas/locales afectados; propiedad vertical según PERI 1989. Complemento social hasta 100 % de cuota y máximo 10.000 € por vivienda, salvo excepción por riesgo. Dotación 209.000 €, prevista al 50 % municipal y 50 % Generalitat, sin saldo acreditado. Edición histórica cerrada.

Para quién. Comunidades de propietarios, personas físicas o jurídicas propietarias o titulares de derechos reales sobre viviendas o locales del ámbito, incluyendo propiedad vertical y supuestos especiales del artículo 3. Excluye entidades financieras. Rehabilitación: edificios anteriores al 01-01-1981 o posteriores con requerimiento por riesgo. Accesibilidad: anteriores al 31-12-1996 y excepción para unifamiliares posteriores con residentes con discapacidad. Al menos 70 % de superficie útil destinada a vivienda, excluidas planta baja y bajo rasante. Complemento social para personas físicas beneficiarias u obligadas al pago, con vivienda habitual y sin otros inmuebles salvo un garaje y un trastero; ingresos brutos anuales máximos 16.000 € para una persona, incrementados en 1.200 € por cada miembro adicional. También aplicable a beneficiarios de la convocatoria inmediatamente anterior bajo los requisitos en ambos momentos.

Certificado energético. El artículo 9.4 incluye expresamente certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables y justificables, junto a honorarios, diagnósticos e inspecciones. Es un coste asociado a las obras elegibles, sin obligación general de CEE ni ayuda autónoma para emitirlo. El Certificado de Final de Obras y el marcado CE de ascensores de los artículos 9.2.3–5 son documentos distintos del CEE.

Restricciones territoriales. Sólo inmuebles dentro del perímetro del PII Vista Alegre delimitado en el plano del Anexo 1 (página 10), inspeccionado visualmente; no toda Castelldefels ni cualquier inmueble del barrio. Requisitos del artículo 1 y exclusión de actuaciones ya subvencionadas por el mismo concepto; regla de diez años del artículo 3. Compatibilidad con ayudas del Consorci Metropolità de l’Habitatge sin superar el 100 % del coste. Financiación prevista 50 % local y 50 % autonómica por Ley de barrios, sin origen UE acreditado. Gastos vinculados a personas o entidades relacionadas sujetos a tres presupuestos y selección del más económico; IVA recuperable excluido. Zonas comunes excluyen unifamiliares; instalaciones unifamiliares sólo fachada exterior.

Plazo. Solicitudes desde el día siguiente a la publicación del extracto (12-06-2017) hasta 31-10-2017. Obras iniciadas a partir de 23-06-2010. Justificación antes de tres meses desde fin de obras y máximo 30-09-2018; este último plazo no es de nuevas solicitudes. Bases definitivas aprobadas 16-03-2017 y publicadas 07-04-2017 sustituyen las de 2016. Artículo 1 limita ascensores a plurifamiliares, aunque artículo 9.4g menciona unifamiliares: se conserva la limitación sin inferir elegibilidad general. No se acredita saldo ni se afirma ausencia exhaustiva de modificaciones.

Información contrastada el 9 oct 2026.

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Convocatoria cerradaMunicipal

Castelldefels · Vista Alegre · rehabilitación y accesibilidad · convocatoria histórica 2016

Castelldefels · Barcelona · Cataluña

Apertura
19 may 2016
Cierre
31 oct 2016

Resumen y requisitos

Ayudas a obras de rehabilitación y accesibilidad en el ámbito del PII Vista Alegre. Incluyen el coste de certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables. Estructura: 50 % hasta 7.000 € por vivienda/local; fachadas y cubiertas: 50 % hasta 2.000 €; instalaciones y reunificación: 25 % hasta 2.000 €; zonas comunes: 25 % hasta 2.500 €; rampas y puertas: 50 % hasta 2.500 €; ascensores: 50 % hasta 4.000 € con itinerario practicable o 40 % hasta 3.000 € sin él. Complemento social hasta 100 % de la cuota y máximo 10.000 € por vivienda, salvo excepción de inmuebles requeridos por riesgo. Dotación 200.000 €, prevista al 50 % municipal y 50 % Generalitat; no indica saldo. Convocatoria cerrada.

Para quién. Comunidades de propietarios, personas físicas o jurídicas propietarias o titulares de derechos reales sobre viviendas o locales del ámbito, incluyendo propiedad vertical y supuestos especiales del artículo 3. Excluye entidades financieras. Rehabilitación: edificios anteriores al 01-01-1981 o posteriores con requerimiento por riesgo. Accesibilidad: anteriores al 31-12-1996 y excepción para unifamiliares posteriores con residentes con discapacidad. Al menos 70 % de superficie útil destinada a vivienda, excluidas planta baja y bajo rasante.

Certificado energético. El artículo 9.4 incluye expresamente certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables y justificables, junto a honorarios, diagnósticos e inspecciones. Es un coste asociado a las obras elegibles, sin obligación general de CEE ni ayuda autónoma para emitirlo. El Certificado de Final de Obras y el marcado CE de ascensores de los artículos 9.2.3–5 son documentos distintos del CEE.

Restricciones territoriales. Sólo inmuebles dentro del perímetro del PII Vista Alegre delimitado en el plano del Anexo 1 (página 10), inspeccionado visualmente; no toda Castelldefels ni cualquier inmueble del barrio. Requisitos del artículo 1 y exclusión de actuaciones ya subvencionadas por el mismo concepto; regla de diez años del artículo 3. Compatibilidad con ayudas del Consorci Metropolità de l’Habitatge sin superar el 100 % del coste. Financiación prevista 50 % local y 50 % autonómica por Ley de barrios, sin origen UE acreditado.

Plazo. Solicitudes hasta 31-10-2016, sujetas a presupuesto. Obras iniciadas a partir de 23-06-2010. La justificación y los gastos tenían máximo 31-10-2016 según convocatoria; una prórroga del PII permitiría justificación antes de tres meses desde fin de obras, sin acreditar reapertura de solicitudes. No se ha localizado una ampliación específica de esta edición en el seguimiento CIDO inspeccionado; esto no garantiza ausencia de otros actos.

Información contrastada el 9 oct 2026.

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Convocatoria cerradaMunicipal

Castelldefels · Vista Alegre · rehabilitación y accesibilidad · convocatoria histórica 2015

Castelldefels · Barcelona · Cataluña

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
30 nov 2015

Resumen y requisitos

Ayudas a obras de rehabilitación y accesibilidad dentro del PII Vista Alegre. Incluyen certificados energéticos como gasto técnico subvencionable. Estructura:50 % hasta7.000 € por vivienda/local; fachadas y cubiertas:50 % hasta2.000 €; instalaciones y reunificación:25 % hasta2.000 €; zonas comunes:25 % hasta2.500 €; rampas y puertas:50 % hasta2.500 €; ascensores:50 % hasta4.000 € con itinerario practicable o40 % hasta3.000 € sin él. Máximos multiplicados por viviendas/locales afectados; en propiedad vertical se atiende al PERI1989. Complemento social sumado a ayuda ordinaria hasta100 % de cuota y máximo10.000 € de complemento por vivienda, sujeto a renta y disponibilidad. Dotación120.000 €, prevista50 %municipal y50 %Generalitat; no saldo acreditado. Convocatoria histórica cerrada.

Para quién. Comunidades de propietarios y personas físicas o jurídicas propietarias o titulares de derechos reales, con comunidad o sin ella, incluyendo parte de titulares que asume coste total y fincas en propiedad vertical del ámbitoPII. Rehabilitación: edificios anteriores al01-01-1981 o posteriores requeridos por riesgo. Accesibilidad: anteriores al31-12-1996, con excepción de unifamiliares posteriores con residentes con discapacidad. Al menos70 %superficie útil residencial, excluidas planta baja y bajo rasante. Complemento social:residencia habitual, sin otros inmuebles y renta bruta anual máxima16.000/17.200/18.400/19.600 € para1/2/3/4omás miembros.

Certificado energético. El artículo 9.4 incluye expresamente certificados energéticos entre los gastos técnicos subvencionables y justificables, junto a honorarios, diagnósticos e inspecciones. Es un coste asociado a las obras elegibles, sin obligación general de CEE ni ayuda autónoma para emitirlo. El Certificado de Final de Obras y el marcado CE de ascensores de los artículos 9.2.3–5 son documentos distintos del CEE.

Restricciones territoriales. Sólo inmuebles dentro del perímetro delPII Vista Alegre delimitado por planoAnexo1p10 inspeccionado visualmente; no todaCastelldefels ni cualquier inmueble del barrio. Artículo1/3 y exclusión de actuaciones ya subvencionadas por mismo concepto; regla diez años. Compatibilidad con ConsorciMetropolitàHabitatge sin superar100 %del coste. Financiación prevista50 %local y50 %autonómica porLeyBarrios, sin origenUE acreditado. Zonas comunes excluyenunifamiliares, instalacionesunifamiliares sólofachada haciaexterior; ascensores sujetos a limitación y discrepanciaart1/9.4g.

Plazo. Artículo4.2: solicitudes desde aprobación de convocatoria hasta30-11-2015. Junta aprobó el30-04-2015 y BOPB publicó29-05-2015: no se atribuye apertura exacta inequívoca. Artículo1 permite inicio de obras entre23-06-2010 y30-11-2016; artículo9.1 exige justificación antes de tres meses desde fin y máximo antes de30-11-2016, con facturas hastaesa fecha. Son periodos de obras/justificación, distintos de solicitudes2015. Prórroga delPII condicionada, sin nueva apertura acreditada. Artículo1 limita ascensores a plurifamiliares, mientras9.4g menciona instalación paraunifamiliares: discrepancia conservada, no elegibilidad indiscriminada asumida.

Información contrastada el 9 oct 2026.

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¿Estas ayudas se aplican a mi vivienda?

Incluimos convocatorias con cobertura municipal y ayudas de ámbito más amplio aplicables a Castelldefels. La cobertura territorial no garantiza que cumplas los requisitos: algunas limitan barrios, tipos de inmueble o beneficiarios.