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Subvenciones en Cuevas del Almanzora

Subvenciones en Cuevas del Almanzora (Almería) para vivienda. Consulta ayudas y beneficios fiscales, periodos, requisitos e histórico.

Sin ayudas municipales abiertas o próximas verificadas. Consulta las de ámbito más amplio.

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Ayudas para viviendas y comunidades

1 convocatoria y 1 beneficio fiscal

Plazo abiertoAutonómica

Andalucía · incentivos de energía para viviendas

Andalucía

Apertura
22 oct 2026
Cierre
30 sept 2027

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Andalucía · incentivos de energía para viviendas

Eficiencia energética y renovables en viviendas y edificios residenciales.

Para quién. Ciudadanía, comunidades y otras entidades según la línea solicitada.

Plazo. Fecha máxima prevista: puede terminar antes por resolución o agotamiento de fondos.

Cómo solicitarla

Certificado energético: según la actuación

Las mejoras de eficiencia de edificios se acreditan mediante su certificación energética. No atribuir este requisito a todas las instalaciones solares.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

Ver ficha completa

Información contrastada el 30 sept 2026.

Beneficio fiscalNacional

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Toda España

Aplicación
Declaración del IRPF
Fechas
Según la deducción

Consulta los periodos y condiciones en los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Beneficio fiscal estatal, no subvención en efectivo. La disposición adicional 50 de la Ley del IRPF prevé deducciones del 20 % (reducción mínima del 7 % de la demanda de calefacción/refrigeración), 40 % (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B) y 60 % para obras en edificios residenciales (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B). Se acreditan mediante certificados CEE antes y después; el coste de emitirlos también puede integrar la base, con los límites y condiciones legales.

Para quién. Contribuyentes del IRPF que sean titulares de vivienda habitual u otra vivienda arrendada o destinada al alquiler en los supuestos de las deducciones individuales; para la deducción del 60 %, propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial donde se realicen las obras. La parte afecta a actividad económica no da derecho.

Restricciones territoriales. Régimen estatal del IRPF aplicable en España. La DA 50 distingue obras en vivienda (apartados 1 y 2) y rehabilitación energética de edificios predominantemente residenciales (apartado 3); no se aplica a la parte afecta a actividad económica.

Periodos y condiciones. No es una convocatoria ni tiene plazo de solicitud de subvención: se aplica en la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente, sujeto a los requisitos de la DA 50. Los apartados 1 y 2 exigen obras y cantidades satisfechas hasta 31-12-2026 y CEE posterior expedido antes de 01-01-2027; el apartado 3 permite obras en edificios residenciales hasta 31-12-2027 y exige CEE antes de 01-01-2028. Bases máximas: 5.000 €/año (20 %), 7.500 €/año (40 %) y 5.000 €/año para 60 %, con arrastre de exceso durante cuatro ejercicios y base acumulada máxima de 15.000 € en este último caso. Las ayudas públicas recibidas por las obras se restan de la base; verificar la situación tributaria individual con la AEAT o asesor fiscal.

Cómo aplicar este beneficio fiscal

Certificado energético

CEE requerido: la DA 50 establece reducciones mínimas acreditadas comparando los certificados de eficiencia energética de antes y después de las obras; para edificios residenciales, fija igualmente umbrales CEE de energía primaria o clase A/B. Los certificados deben expedirse y registrarse conforme al Real Decreto 390/2021. La base deducible incluye el coste de emisión de los CEE y descuenta importes subvencionados con ayudas públicas.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta los requisitos y el procedimiento en la normativa oficial.

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Información contrastada el 6 oct 2026.

Convocatorias cerradas

El plazo ha finalizado. Conservamos estas ayudas como referencia.

4 convocatorias
Convocatoria cerradaMunicipal

Cuevas del Almanzora · rehabilitación de fachadas · convocatoria histórica 2017

Cuevas del Almanzora · Almería · Andalucía

Rehabilitación
Apertura
14 dic 2017
Cierre
Sin fecha publicada

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Cuevas del Almanzora · rehabilitación de fachadas · convocatoria histórica 2017

Importe y condiciones
Obras generales: 75 %, máximo 6.000 €; especiales: hasta 80 %, máximo 7.000 € por promotor y edificio. Topes del presupuesto de contrata de fachada: 60,10 o 90,15 €/m², respectivamente. Con obras complementarias que superen el presupuesto de fachada más un 25 %: hasta 100 % de las partidas de fachada, máximo 9.000 €. Gastos técnicos indispensables y elaboración del IEE, hasta el 4 % del PEM sin IVA en los términos del art. 10.3. Anticipo máximo: 50 % de la ayuda.
Destinatarios
Particulares · Comunidades de propietarios

Ayuda municipal histórica para fachadas de viviendas visibles desde espacios públicos. Financiaba el 75 % de obras generales, hasta el 80 % de restauración especial o hasta el 100 % de las partidas de fachada con determinadas obras complementarias, con máximos de 6.000, 7.000 o 9.000 € por promotor y edificio. Exigía un IEE con los contenidos del RDL 7/2015 entonces referidos, incluida la certificación energética.

Para quién. Propietarios y usuarios de viviendas, individualmente, en comunidades de propietarios u otras agrupaciones con potestad para actuar sobre toda la fachada. Los arrendatarios necesitaban autorización de la propiedad. Edificios de al menos diez años, presupuesto superior a 2.000 € y demás condiciones de las bases.

Actuaciones. Restauración, conservación y consolidación de fachadas visibles desde espacios públicos: revestimientos, pintura, cornisas, balcones, carpintería, canalones, bajantes y ocultación de cableado, además de recuperación de elementos y composición arquitectónica originarios. Actuación completa sobre fachada, con las excepciones de las bases. El incremento por obras de consolidación estructural, accesibilidad o habitabilidad se aplicaba a las partidas de fachada. Edificio en condiciones técnicas exigidas o reparación paralela. Obras no iniciadas al solicitar, salvo peligro inminente en los términos del artículo 3. No se acredita una línea independiente para aislamiento o ahorro energético.

Restricciones territoriales. Todo el término municipal. Prioridad para zona de restauración del PGOU, casco antiguo y edificios catalogados; no limita la convocatoria a un ERRP. Fachadas visibles desde vía o espacio público y condiciones técnicas de las bases.

Plazo. Junta de Gobierno Local de 23-11-2017; extracto BOP 237 de 13-12-2017, edicto 4949/17. La convocatoria surtía efecto al día siguiente y el tablón municipal identifica inicio 14-12-2017. Crédito municipal de 100.000 € de 2017, con incorporación de remanentes a 2018; presupuestoTotal=0 en metadatos BDNS no sustituye el crédito de la convocatoria. Solicitudes hasta cubrir la partida, sin inventar día de cierre ni saldo. Inicio de obras dentro de tres meses de la notificación; ejecución de seis a doce meses según concesión y posible prórroga máxima de la mitad; solicitud de abono dentro del mes siguiente a finalizar. Estos hitos no eran nuevos plazos de solicitud. Compatibilidad con otras ayudas sin superar el coste, con ajustes cuando coinciden actuaciones. La posterior STC 143/2017, publicada en BOE de 17-01-2018, anuló los apartados 2–6 del artículo 29 del RDL 7/2015; se conserva la remisión original de las bases de esta edición, sin presentarla como normativa vigente de 2026. No se ha localizado modificación o reapertura en las búsquedas oficiales realizadas; no acredita ausencia de actos posteriores.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

En esta edición histórica, el artículo 5 exigía un IEE vigente y el apartado 12.1.h remitía expresamente a los contenidos mínimos del RDL 7/2015. Su artículo 29.2.c, en la redacción original referida en 2017, incluía la certificación de eficiencia energética del edificio. El artículo 10.3 subvencionaba también elaborar ese IEE, hasta el porcentaje allí fijado, sin cuantía separada identificada para el CEE. No se exigía un porcentaje de ahorro energético. La STC 143/2017, publicada el 17-01-2018, anuló después los apartados 2–6 del artículo 29: esta explicación documenta la remisión histórica de la convocatoria y no afirma su vigencia actual.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 23 oct 2026.

Convocatoria cerradaAutonómica

Andalucía · PREE 5000 en municipios de reto demográfico

Andalucía

Apertura
26 ene 2022
Cierre
31 jul 2024
Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Andalucía · PREE 5000 en municipios de reto demográfico

Convocatoria histórica para rehabilitación energética de edificios existentes; el plazo terminó el 31-07-2024.

Para quién. Personas físicas o jurídicas propietarias, comunidades o agrupaciones de propietarios, entidades locales y demás destinatarios últimos previstos para el programa.

Restricciones territoriales. Edificios residenciales o de otros usos elegibles situados en municipios de reto demográfico: hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 cuando todas sus entidades singulares tengan hasta 5.000 habitantes.

Cómo se solicitaba

Certificado energético: según la actuación

Condicional a las actuaciones de rehabilitación energética: se requiere CEE posterior registrado que demuestre una mejora mínima de una letra y una reducción del 30 % del consumo de energía primaria no renovable; la normativa prevé memoria justificativa alternativa para determinados edificios exceptuados. No aplicar este requisito a actuaciones distintas ni a los supuestos exceptuados.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 30 sept 2026.

Convocatoria cerradaNacional

España · PIREP local · rehabilitación de edificios públicos · convocatoria 2022

Toda España

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
9 jun 2022

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

España · PIREP local · rehabilitación de edificios públicos · convocatoria 2022

Convocatoria histórica para rehabilitar edificios públicos de entidades locales, de uso público no residencial y construidos antes de 2009. Exige reducir al menos un30% la energía primaria no renovable mediante CEE comparables, incluso en edificios fuera del ámbito del RD390/2021. Incluye coste de certificaciones energéticas. Dos líneas cerradas en2022; máximo3M€ por solicitud sin impuestos.

Para quién. Municipios de cualquier población, diputaciones provinciales, cabildos y consells insulares; titularidad pública, cotitularidad local mínima51% o atribución documentada de mantenimiento integral, gestión, reparación y rehabilitación con autorización del titular.

Restricciones territoriales. Territorio elegible España; fondosUE no convierten ámbitoenEuropa. Edificio público no residencial vivienda, anterior2009, uso público20años y acreditaciónjurídicaart5. Noesconvocatoria general para todoslos inmuebles privados ni para comunidadesautónomas como beneficiarias locales.

Plazo. Orden publicada11-03-2022 y extracto12-03-2022; art13 establece45/90días naturales desde día siguiente a publicación. Inicio exacto no consignado enBDNS.600M€ MRR(250M línea1/350M línea2). TiposA/A bis100% sinIVA; B–E ybis85%, base limitada50% delimporteA+A bis; máximo3M€ por solicitud. Uso público no vivienda durante20años, construcción anterior01-01-2009. Línea2 requiere dosde: obra>=500000€, superficie>1000m², intensidad>=500€/m². Fechas originalesrecepción sinreparos:30-09-2024 línea1/31-03-2026 línea2. OrdenVAU/403/2026 disposiciónfinal2 modificaart20 permitiendo prórrogas excepcionales ejecución/justificación autorizadas individualmente; no reabre solicitudes ni fija un nuevo cierre general.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

Art6: ahorro>=30% energía primaria no renovable acreditado medianteCEEantes/después, mismo programa general y versión; certificados obligatorios inclusoedificios fuera delRD390/2021. Art14.6:CEEactualregistrado yCEEproyecto, no bastaetiqueta; final trasobra segúnart6/15. Art10.2 incluye certificaciones energéticas comogasto elegible.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 14 oct 2026.

Convocatoria cerradaAutonómica

Andalucía · eficiencia energética de viviendas unifamiliares · línea 2 histórica 2019

Andalucía

RehabilitaciónAislamientoVentanasCalefacciónRenovables
Apertura
2 jul 2019
Cierre
1 ago 2019

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Andalucía · eficiencia energética de viviendas unifamiliares · línea 2 histórica 2019

Importe y condiciones
40 % del presupuesto protegible; hasta 75 % si ingresos residentes <3 IPREM. Tope general 12.000 €/vivienda; 18.000 € con discapacidad y 24.000 € para los tipos/grados especificados. Hasta 1.000 € adicionales por protección patrimonial. La cuantía máxima se incrementaba 25 % para solicitantes de 18 a 34 años en municipios <5.000 habitantes. Con ingresos <3 IPREM: complemento del 25 % de honorarios, proyectos, informes y certificados, máximo 500 €, sujeto a crédito autonómico. Sin superar el coste; impuestos, tasas y tributos excluidos.
Destinatarios
Particulares

Convocatoria histórica para mejorar la eficiencia energética y sostenibilidad de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila. Ayuda del 40 % del presupuesto protegible, hasta el 75 % con ingresos inferiores a 3 IPREM, con topes e incrementos condicionados. Cierre de solicitudes: 1 de agosto de 2019.

Para quién. Personas físicas con nacionalidad española o residencia legal en España, propietarias o titulares de un derecho real de uso y disfrute. También arrendatarias cuando acuerden con la propiedad costear las obras a cambio de la renta. Ingresos de la unidad de convivencia residente inferiores a 5,50 IPREM de 14 pagas. Sin ayuda para rehabilitar la misma vivienda en los tres años anteriores, salvo adecuación por discapacidad sobrevenida. No beneficiarias de los programas de regeneración y renovación urbana y rural ni viviendas para mayores y personas con discapacidad del PEV 2018–2021.

Actuaciones. Línea 2: aislamiento de envolvente, carpinterías y acristalamientos, dispositivos bioclimáticos y sombreamiento; instalaciones eficientes de calefacción, refrigeración, ACS y ventilación o mejora de existentes, control y gestión energética, recuperación de calor y conexión a redes; equipos renovables, incluida fotovoltaica, biomasa, geotermia, solar térmica y aerotermia. También mejoras acústicas DB-HR y salubridad/radón DB-HS, con sus condiciones propias y sin generalizar CEE. Los costes podían incluir honorarios, proyectos, informes y certificados necesarios y gastos administrativos justificados a precios de mercado. No obras ejecutadas antes de conceder, salvo proyectos, informes y certificados. Compatibilidad con L1 identificando y desglosando partidas una sola vez y con otras ayudas dentro del coste total, con las incompatibilidades de la base10.3. Selección por baremación, no por orden de llegada.

Restricciones territoriales. Las ocho provincias de Andalucía; concurrencia competitiva provincial, sin delimitación ERRP. Solo viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila para L2, domicilio habitual y permanente. Finalizadas antes de 1996 para actuaciones energéticas; superficie útil mínima del planeamiento o 36 m² si este no la fija. No fuera de ordenación ni asimiladas a fuera de ordenación; sin condición de infravivienda; viabilidad estructural y constructiva y necesidad acreditadas por informe técnico anterior a la solicitud. Mantener requisitos hasta finalizar justificación; destino habitual y prohibición de transmisión intervivos durante cinco años desde fin de obras, con excepciones de dación y ejecución hipotecaria de la base26.2.f.

Plazo. Histórica BDNS 462349: extracto BOJA 124 de 01-07-2019, un mes desde el día siguiente; BDNS y resolución oficial de Sevilla de 24-01-2020 confirman cierre 01-08-2019. La corrección BOJA 155/13-08-2019 sustituye el formulario de audiencia, sin reabrir solicitudes. La ampliación de seis meses de Sevilla afectó a resolver, no a solicitar. Inicio de obras en seis meses y ejecución en dieciséis meses desde publicar la concesión, con prórrogas justificadas previstas en las bases. Justificación en doce meses desde el primer pago y tres desde el segundo. Crédito inicial L2: 1.600.000 €, sin disponibilidad actual acreditada; no se ha localizado reapertura de esta edición.

Cómo se solicitaba

Certificado energético: según la actuación

Anexo II, base sexta.1.c: las actuaciones de envolvente, instalaciones térmicas y renovables (ordinales 1–3) debían reducir demanda anual de calefacción y refrigeración referida a certificación energética: D/E 35 %, C 25 %, α/A/B 20 % o, en estas últimas zonas, alternativa de reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos 30 %. Base sexta.2: justificar situación previa y posterior mediante programas reconocidos. Base vigésima.2.e: certificación energética previa cuando la actuación L2 exige porcentaje de reducción. Costes de certificados necesarios subvencionables, base sexta.3. No atribuir el umbral a actuaciones exclusivamente acústicas o de radón de los ordinales 4–5 ni inventar un salto de letra o registro obligatorio.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Empresas, administraciones y otras entidades (1)

Estas convocatorias se dirigen a otros beneficiarios. Consulta quién puede solicitarlas en cada ficha.

Otras convocatorias abiertas y próximas

1 convocatoria

Plazo abiertoNacional

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Toda España

Apertura
15 sept 2026
Cierre
18 nov 2026

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética; no es una ayuda doméstica ordinaria.

Para quién. Empresas y entidades que cumplan las bases.

Plazo. Cierra a las 12:00 h.

Cómo solicitarla

Certificado energético: según la actuación

En renovación profunda de edificios: CEE inicial y previsto; CEE final registrado al justificar. No se exige a todas las tipologías industriales.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

Ver ficha completa

Información contrastada el 30 sept 2026.

¿Estas ayudas se aplican a mi vivienda?

Mostramos las ayudas del catálogo cuya cobertura incluye a Cuevas del Almanzora, también las de ámbito provincial, autonómico o estatal cuando corresponda. La cobertura territorial no garantiza que cumplas los requisitos: algunas limitan barrios, tipos de inmueble o beneficiarios.