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Subvenciones en la provincia de Almería

Subvenciones en la provincia de Almería para vivienda. Consulta ayudas y beneficios fiscales, periodos, requisitos e histórico.

Municipios de Almería (103)

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Ayudas para viviendas y comunidades

1 convocatoria y 1 beneficio fiscal

Plazo abiertoAutonómica

Andalucía · incentivos de energía para viviendas

Andalucía

Apertura
22 oct 2026
Cierre
30 sept 2027

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Andalucía · incentivos de energía para viviendas

Eficiencia energética y renovables en viviendas y edificios residenciales.

Para quién. Ciudadanía, comunidades y otras entidades según la línea solicitada.

Plazo. Fecha máxima prevista: puede terminar antes por resolución o agotamiento de fondos.

Cómo solicitarla

Certificado energético: según la actuación

Las mejoras de eficiencia de edificios se acreditan mediante su certificación energética. No atribuir este requisito a todas las instalaciones solares.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

Ver ficha completa

Información contrastada el 30 sept 2026.

Beneficio fiscalNacional

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Toda España

Aplicación
Declaración del IRPF
Fechas
Según la deducción

Consulta los periodos y condiciones en los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

IRPF estatal · deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas · DA 50

Beneficio fiscal estatal, no subvención en efectivo. La disposición adicional 50 de la Ley del IRPF prevé deducciones del 20 % (reducción mínima del 7 % de la demanda de calefacción/refrigeración), 40 % (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B) y 60 % para obras en edificios residenciales (reducción mínima del 30 % de energía primaria no renovable o etiqueta A/B). Se acreditan mediante certificados CEE antes y después; el coste de emitirlos también puede integrar la base, con los límites y condiciones legales.

Para quién. Contribuyentes del IRPF que sean titulares de vivienda habitual u otra vivienda arrendada o destinada al alquiler en los supuestos de las deducciones individuales; para la deducción del 60 %, propietarios de viviendas en edificios de uso predominante residencial donde se realicen las obras. La parte afecta a actividad económica no da derecho.

Restricciones territoriales. Régimen estatal del IRPF aplicable en España. La DA 50 distingue obras en vivienda (apartados 1 y 2) y rehabilitación energética de edificios predominantemente residenciales (apartado 3); no se aplica a la parte afecta a actividad económica.

Periodos y condiciones. No es una convocatoria ni tiene plazo de solicitud de subvención: se aplica en la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente, sujeto a los requisitos de la DA 50. Los apartados 1 y 2 exigen obras y cantidades satisfechas hasta 31-12-2026 y CEE posterior expedido antes de 01-01-2027; el apartado 3 permite obras en edificios residenciales hasta 31-12-2027 y exige CEE antes de 01-01-2028. Bases máximas: 5.000 €/año (20 %), 7.500 €/año (40 %) y 5.000 €/año para 60 %, con arrastre de exceso durante cuatro ejercicios y base acumulada máxima de 15.000 € en este último caso. Las ayudas públicas recibidas por las obras se restan de la base; verificar la situación tributaria individual con la AEAT o asesor fiscal.

Cómo aplicar este beneficio fiscal

Certificado energético

CEE requerido: la DA 50 establece reducciones mínimas acreditadas comparando los certificados de eficiencia energética de antes y después de las obras; para edificios residenciales, fija igualmente umbrales CEE de energía primaria o clase A/B. Los certificados deben expedirse y registrarse conforme al Real Decreto 390/2021. La base deducible incluye el coste de emisión de los CEE y descuenta importes subvencionados con ayudas públicas.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta los requisitos y el procedimiento en la normativa oficial.

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Información contrastada el 6 oct 2026.

Convocatorias cerradas

El plazo ha finalizado. Conservamos estas ayudas como referencia.

11 convocatorias
Convocatoria cerradaMunicipal

Cuevas del Almanzora · rehabilitación de fachadas · convocatoria histórica 2017

Cuevas del Almanzora · Almería · Andalucía

Rehabilitación
Apertura
14 dic 2017
Cierre
Sin fecha publicada

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Cuevas del Almanzora · rehabilitación de fachadas · convocatoria histórica 2017

Importe y condiciones
Obras generales: 75 %, máximo 6.000 €; especiales: hasta 80 %, máximo 7.000 € por promotor y edificio. Topes del presupuesto de contrata de fachada: 60,10 o 90,15 €/m², respectivamente. Con obras complementarias que superen el presupuesto de fachada más un 25 %: hasta 100 % de las partidas de fachada, máximo 9.000 €. Gastos técnicos indispensables y elaboración del IEE, hasta el 4 % del PEM sin IVA en los términos del art. 10.3. Anticipo máximo: 50 % de la ayuda.
Destinatarios
Particulares · Comunidades de propietarios

Ayuda municipal histórica para fachadas de viviendas visibles desde espacios públicos. Financiaba el 75 % de obras generales, hasta el 80 % de restauración especial o hasta el 100 % de las partidas de fachada con determinadas obras complementarias, con máximos de 6.000, 7.000 o 9.000 € por promotor y edificio. Exigía un IEE con los contenidos del RDL 7/2015 entonces referidos, incluida la certificación energética.

Para quién. Propietarios y usuarios de viviendas, individualmente, en comunidades de propietarios u otras agrupaciones con potestad para actuar sobre toda la fachada. Los arrendatarios necesitaban autorización de la propiedad. Edificios de al menos diez años, presupuesto superior a 2.000 € y demás condiciones de las bases.

Actuaciones. Restauración, conservación y consolidación de fachadas visibles desde espacios públicos: revestimientos, pintura, cornisas, balcones, carpintería, canalones, bajantes y ocultación de cableado, además de recuperación de elementos y composición arquitectónica originarios. Actuación completa sobre fachada, con las excepciones de las bases. El incremento por obras de consolidación estructural, accesibilidad o habitabilidad se aplicaba a las partidas de fachada. Edificio en condiciones técnicas exigidas o reparación paralela. Obras no iniciadas al solicitar, salvo peligro inminente en los términos del artículo 3. No se acredita una línea independiente para aislamiento o ahorro energético.

Restricciones territoriales. Todo el término municipal. Prioridad para zona de restauración del PGOU, casco antiguo y edificios catalogados; no limita la convocatoria a un ERRP. Fachadas visibles desde vía o espacio público y condiciones técnicas de las bases.

Plazo. Junta de Gobierno Local de 23-11-2017; extracto BOP 237 de 13-12-2017, edicto 4949/17. La convocatoria surtía efecto al día siguiente y el tablón municipal identifica inicio 14-12-2017. Crédito municipal de 100.000 € de 2017, con incorporación de remanentes a 2018; presupuestoTotal=0 en metadatos BDNS no sustituye el crédito de la convocatoria. Solicitudes hasta cubrir la partida, sin inventar día de cierre ni saldo. Inicio de obras dentro de tres meses de la notificación; ejecución de seis a doce meses según concesión y posible prórroga máxima de la mitad; solicitud de abono dentro del mes siguiente a finalizar. Estos hitos no eran nuevos plazos de solicitud. Compatibilidad con otras ayudas sin superar el coste, con ajustes cuando coinciden actuaciones. La posterior STC 143/2017, publicada en BOE de 17-01-2018, anuló los apartados 2–6 del artículo 29 del RDL 7/2015; se conserva la remisión original de las bases de esta edición, sin presentarla como normativa vigente de 2026. No se ha localizado modificación o reapertura en las búsquedas oficiales realizadas; no acredita ausencia de actos posteriores.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

En esta edición histórica, el artículo 5 exigía un IEE vigente y el apartado 12.1.h remitía expresamente a los contenidos mínimos del RDL 7/2015. Su artículo 29.2.c, en la redacción original referida en 2017, incluía la certificación de eficiencia energética del edificio. El artículo 10.3 subvencionaba también elaborar ese IEE, hasta el porcentaje allí fijado, sin cuantía separada identificada para el CEE. No se exigía un porcentaje de ahorro energético. La STC 143/2017, publicada el 17-01-2018, anuló después los apartados 2–6 del artículo 29: esta explicación documenta la remisión histórica de la convocatoria y no afirma su vigencia actual.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 23 oct 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · ERRP Los Pintores · ayuda adicional por vulnerabilidad económica · convocatoria histórica 2024

Almería · Andalucía

RehabilitaciónAislamientoRenovablesAccesibilidad
Apertura
16 oct 2024
Cierre
16 ene 2025

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · ERRP Los Pintores · ayuda adicional por vulnerabilidad económica · convocatoria histórica 2024

Importe y condiciones
Hasta el 100 % del coste imputable a la vivienda que reste tras descontar la ayuda de la línea 1.1. La suma de ambas líneas no podía superar por vivienda: 20.250 € con ahorro CEPnr del 30 % a menos del 45 %; 22.308 € del 45 % a menos del 60 %; 26.750 € desde el 60 %. Estos topes incluyen la ayuda base y no se añaden íntegros a ella. Crédito global reajustado de Los Pintores: 42.800 €. Cobro cedido obligatoriamente a la comunidad.
Destinatarios
Particulares

Ayuda histórica adicional para personas propietarias o usufructuarias de viviendas en el ERRP Los Pintores con vulnerabilidad económica. Complementaba la ayuda de rehabilitación energética de la comunidad de propietarios, con cobro cedido a esta. Plazo cerrado el 16 de enero de 2025 a las 09:00.

Para quién. Personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas en edificios residenciales colectivos del ERRP Los Pintores cuya comunidad o agrupación hubiese solicitado antes la línea 1.1 y resultase beneficiaria. Ingresos de la unidad de convivencia hasta 2 IPREM, 2,5 si un miembro es menor, tiene discapacidad de al menos el 33 % o es mayor de 65 años; 2,7 si son dos y 3 si son tres o más. IPREM referido a 14 pagas del periodo fiscal evaluado. Se exige cesión del cobro a la comunidad para pagar la parte del coste imputable a la persona beneficiaria.

Actuaciones. Financiación complementaria del coste de la rehabilitación energética del edificio imputable a la vivienda de la persona beneficiaria vulnerable, descontando la subvención de la línea1.1. No financia una obra independiente ni una segunda ayuda íntegra sobre el mismo coste. La comunidad aplica la totalidad al coste imputable a la persona beneficiaria. Licencias, tasas, impuestos y tributos excluidos; IVA sólo si no recuperable o compensable. Compatible con línea1.1 y, para costes distintos, líneas4 y5.1; incompatible con subvenciones de la línea3 de rehabilitación de edificios. Prohibida doble financiación europea del mismo coste y superar el coste total. Pago50% tras primer anticipo de la comunidad, resto tras pago restante de la línea1.1 y documentos exigidos. Justificación12mesesdesdeprimerpago/3desde segundo. Ajustes de la ayuda comunitaria no aumentan esta adicional; su revocación en los casos previstos implica revocar también la adicional.

Restricciones territoriales. Exclusivamente el ERRP Barrio de los Pintores delimitado por el Ayuntamiento el 09-02-2024, no todo el barrio ni todo Almería. ACB 37: Pintor Rosales 1, 2, 5, 9, 13, 17, 25, 29, 33, 37, 48, 52; avda. Francisco García Lorca 144, 148, 150; Pintor Martínez Abades 3; Pintor Juan Gris 2, 6; Pintor Vicente López 5, 9; Pintor Verdugo Landi 4; Miguel Ángel 17, 18, 21, 22; Pintor Zuloaga 2; Pintor Fortuny 7, 10, 11, 20; Pintor Sorolla 1, 2, 5, 6; Pintor Romero de Torres 3, 13; avda. San Juan Bosco 49, 53, conforme al plano oficial. Ámbito de 38 edificios y 300 viviendas; la adenda programó actuar en 7 edificios y 56 viviendas, sin convertir esa previsión en elegibilidad automática. Al menos el 50 % de superficie construida sobre rasante del edificio debía destinarse a vivienda, excluyendo plantas bajas o inferiores con otros usos compatibles. La persona solicitante debía ser propietaria o usufructuaria vulnerable y la comunidad haber solicitado previamente la línea1.1 y obtenerla. Mantener la titularidad desde la solicitud hasta el abono. No se presume vulnerabilidad por pertenecer al barrio.

Plazo. Línea 1.2 de la convocatoria de 19-06-2024: abrió el 16-10-2024 a las 09:00. La Orden de 04-12-2024, BOJA 240 de 12-12-2024, amplió el cierre hasta el 16-01-2025 a las 09:00; BDNS 769956 conserva el cierre inicial 16-12-2024. Convocatoria histórica sin reapertura acreditada. El crédito global de Los Pintores se redistribuyó a 42.800 € por Resolución de 12-06-2025, BOJA120 de25-06-2025; el importe de486.850€ del detalleBDNS no coincide con la tabla oficial y no se utiliza. No se acredita saldo disponible actual. Ejecución vinculada al plazo de la línea1.1; acreditación de finalización hasta tres meses después del plazo máximo concedido. La Orden de14-05-2026 permite sustituir el límite general de30-06-2026 por la fecha excepcional que acuerde la comisión bilateral, sin prórroga concreta acreditada para Los Pintores ni reapertura de solicitudes.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

La ayuda adicional financia la parte del coste de una rehabilitación que debe obtener la subvención de la línea 1.1: esta exige al menos un 30 % de reducción del consumo de energía primaria no renovable acreditado mediante CEE previo, previsto y final, y su ahorro determina la cuantía. La línea 1.2 fija topes conjuntos con la 1.1 por tramos de ahorro energético: 30–menos de 45 %, 45–menos de 60 % y desde el 60 %. Si se revoca la ayuda de la comunidad por incumplir los objetivos de la línea 1.1, se revoca también la adicional. No se presenta como un nuevo CEE individual obligatorio de cada solicitante: la evidencia energética corresponde a la actuación del edificio. En Los Pintores, zona A4, no se imponen los ahorros de demanda de las zonas C/D/E.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

Ver ficha completa

Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · ERRP Zapillo · ayuda adicional por vulnerabilidad económica · convocatoria histórica 2024

Almería · Andalucía

RehabilitaciónAislamientoRenovablesAccesibilidad
Apertura
16 oct 2024
Cierre
16 ene 2025

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · ERRP Zapillo · ayuda adicional por vulnerabilidad económica · convocatoria histórica 2024

Importe y condiciones
Hasta el 100 % del coste imputable a la vivienda que reste tras descontar la ayuda de la línea 1.1. La suma de ambas líneas no podía superar por vivienda: 20.250 € con ahorro CEPnr del 30 % a menos del 45 %; 22.308 € del 45 % a menos del 60 %; 26.750 € desde el 60 %. Estos topes incluyen la ayuda base y no se añaden íntegros a ella. Crédito global reajustado de Zapillo: 10.700 €. Cobro cedido obligatoriamente a la comunidad.
Destinatarios
Particulares

Ayuda histórica adicional para personas propietarias o usufructuarias de viviendas en el ERRP Zapillo con vulnerabilidad económica. Complementaba la ayuda de rehabilitación energética de la comunidad de propietarios, con cobro cedido a esta. Plazo cerrado el 16 de enero de 2025 a las 09:00.

Para quién. Personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas en edificios residenciales colectivos del ERRP Zapillo cuya comunidad o agrupación hubiese solicitado antes la línea 1.1 y resultase beneficiaria. Ingresos de la unidad de convivencia hasta 2 IPREM, 2,5 si un miembro es menor, tiene discapacidad de al menos el 33 % o es mayor de 65 años; 2,7 si son dos y 3 si son tres o más. IPREM referido a 14 pagas del periodo fiscal evaluado. Se exige cesión del cobro a la comunidad para pagar la parte del coste imputable a la persona beneficiaria.

Actuaciones. Financiación complementaria del coste de la rehabilitación energética del edificio imputable a la vivienda de la persona beneficiaria vulnerable, descontando la subvención de la línea1.1. No financia una obra independiente ni una segunda ayuda íntegra sobre el mismo coste. La comunidad aplica la totalidad al coste imputable a la persona beneficiaria. Licencias, tasas, impuestos y tributos excluidos; IVA sólo si no recuperable o compensable. Compatible con línea1.1 y, para costes distintos, líneas4 y5.1; incompatible con subvenciones de la línea3 de rehabilitación de edificios. Prohibida doble financiación europea del mismo coste y superar el coste total. Pago50% tras primer anticipo de la comunidad, resto tras pago restante de la línea1.1 y documentos exigidos. Justificación12mesesdesdeprimerpago/3desde segundo. Ajustes de la ayuda comunitaria no aumentan esta adicional; su revocación en los casos previstos implica revocar también la adicional.

Restricciones territoriales. Viviendas incluidas en edificios residenciales colectivos del ERRP Zapillo delimitado por el Ayuntamiento el 09-02-2024, conforme al plano oficial y ACB37; no todo el barrio ni todo Almería. Ámbito de 26 edificios/156 viviendas, distinto de las 24 viviendas de 4 edificios programadas. La comunidad del edificio debía haber solicitado previamente la línea1.1 y obtenerla. Mantener la propiedad o usufructo desde la solicitud hasta el abono. La vulnerabilidad se calcula con la unidad de convivencia de la persona solicitante; no se presume por pertenecer al barrio.

Plazo. Línea 1.2 de la convocatoria de 19-06-2024: abrió el 16-10-2024 a las 09:00. La Orden de 04-12-2024, BOJA 240 de 12-12-2024, amplió el cierre hasta el 16-01-2025 a las 09:00. El detalle BDNS 854967 conserva 05-07 a 15-10-2024, fechas que no corresponden a esta línea; se emplea el plazo oficial específico. Su incorporación a BDNS en septiembre de 2025 no constituye convocatoria nueva. Crédito reajustado de 10.700 € en 2025, no importe individual ni saldo disponible actual. Ejecución vinculada al plazo de la línea 1.1; acreditación de finalización hasta tres meses después del plazo máximo concedido. La Orden de 14-05-2026 permite sustituir el límite general de 30-06-2026 por la fecha excepcional que acuerde la comisión bilateral, sin prórroga concreta acreditada para Zapillo ni reapertura de solicitudes.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

La ayuda adicional financia la parte del coste de una rehabilitación que debe obtener la subvención de la línea 1.1: esta exige al menos un 30 % de reducción del consumo de energía primaria no renovable acreditado mediante CEE previo, previsto y final, y su ahorro determina la cuantía. La línea 1.2 fija topes conjuntos con la 1.1 por tramos de ahorro energético: 30–menos de 45 %, 45–menos de 60 % y desde el 60 %. Si se revoca la ayuda de la comunidad por incumplir los objetivos de la línea 1.1, se revoca también la adicional. No se presenta como un nuevo CEE individual obligatorio de cada solicitante: la evidencia energética corresponde a la actuación del edificio. En Zapillo, zona A4, no se imponen los ahorros de demanda de las zonas C/D/E.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

Ver ficha completa

Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · ERRP Los Pintores · rehabilitación energética de edificios · convocatoria histórica 2024

Almería · Andalucía

RehabilitaciónAislamientoRenovablesAccesibilidad
Apertura
5 jul 2024
Cierre
30 oct 2024

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · ERRP Los Pintores · rehabilitación energética de edificios · convocatoria histórica 2024

Importe y condiciones
Según ahorro de energía primaria no renovable: del 30 % a menos del 45 %, hasta el 40 % y 8.100 €/vivienda; del 45 % a menos del 60 %, hasta el 65 % y 14.500 €/vivienda; desde el 60 %, hasta el 80 % y 21.400 €/vivienda. Límites adicionales para locales que participen en el coste: 72, 130 o 192 €/m², respectivamente. Amianto: incremento sujeto a los límites de las bases. Crédito global redistribuido para Los Pintores: 1.056.417,84 €, incluidos 32.986,80 € de retirada de amianto y separado de vulnerabilidad, urbanización y oficina.
Destinatarios
Comunidades de propietarios

Ayuda histórica para comunidades de propietarios dentro del ERRP Los Pintores. Exigía CEE previo, previsto y final y un ahorro mínimo del 30 % de energía primaria no renovable. Ayuda del 40 %, 65 % u 80 % según ahorro. Solicitudes cerradas el 30 de octubre de 2024.

Para quién. Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades constituidas conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, de edificios residenciales colectivos incluidos en el ERRP Los Pintores delimitado. La línea 1.1 no era una solicitud individual de cada propietario; las ayudas adicionales por vulnerabilidad pertenecían a otra línea.

Actuaciones. Mejora o rehabilitación energética del edificio con el ahorro exigido; aislamiento de fachadas y cubiertas, instalaciones renovables y actuaciones complementarias de conservación y accesibilidad integradas en la rehabilitación. Incluye costes técnicos, de gestión, informes y certificados vinculados. Se exige proyecto o memoria técnica, libro del edificio o estudio y plan equivalente, acuerdo comunitario, gestión de residuos y retirada de amianto cuando exista. No son subvencionables generadores térmicos que utilicen combustibles fósiles ni licencias, tasas y tributos; IVA sólo si no es recuperable. Incompatible con la línea 3 autonómica para el mismo edificio; otras ayudas sujetas a no duplicar financiación del mismo coste ni superar el coste total.

Restricciones territoriales. Exclusivamente el ERRP Barrio de los Pintores delimitado por el Ayuntamiento el 09-02-2024, no todo el barrio ni todo Almería. ACB 37: Pintor Rosales 1, 2, 5, 9, 13, 17, 25, 29, 33, 37, 48, 52; avda. Francisco García Lorca 144, 148, 150; Pintor Martínez Abades 3; Pintor Juan Gris 2, 6; Pintor Vicente López 5, 9; Pintor Verdugo Landi 4; Miguel Ángel 17, 18, 21, 22; Pintor Zuloaga 2; Pintor Fortuny 7, 10, 11, 20; Pintor Sorolla 1, 2, 5, 6; Pintor Romero de Torres 3, 13; avda. San Juan Bosco 49, 53, conforme al plano oficial. Ámbito de 38 edificios y 300 viviendas; la adenda programó actuar en 7 edificios y 56 viviendas, sin convertir esa previsión en elegibilidad automática. Al menos el 50 % de superficie construida sobre rasante del edificio debía destinarse a vivienda, excluyendo plantas bajas o inferiores con otros usos compatibles.

Plazo. Convocatoria histórica, línea 1.1 de la Orden de 19-06-2024. Apertura: 05-07-2024 a las 09:00; cierre prorrogado hasta el 30-10-2024 inclusive por Orden de 08-10-2024, BOJA 200 de 14-10-2024. El detalle BDNS conserva el cierre inicial 15-10-2024 y el crédito inicial de 3.252.800 €; se utilizan la prórroga oficial y el crédito revisado en 2025, sin acreditar saldo disponible actual. El portal del programa confirma plazo vencido; no se ha acreditado reapertura. Ejecución y justificación son fases distintas: las bases preveían 16 meses desde la concesión, excepcionalmente 18 para actuaciones de 40 o más viviendas. La Orden de 14-05-2026 permite que el límite general de 30-06-2026 sea sustituido por la fecha excepcional que acuerde la comisión bilateral; no equivale a nuevas solicitudes ni acredita una prórroga concreta para este ERRP. El crédito redistribuido de 1.056.417,84 € es global de la línea en Los Pintores, no una cuantía individual.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

La línea 1.1 exige reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, referido a la certificación energética. Deben aportarse CEE del edificio previo al inicio, registrado antes de las obras, y CEE con las actuaciones previstas; para justificar, CEE final registrado, comparables mediante el mismo programa reconocido de certificación y con archivos PDF y XML. El ahorro real determina la ayuda y si queda por debajo del 30 % procede la revocación. Los Pintores consta en zona climática A4: no se le impone el ahorro de demanda del 25 % o 35 % reservado a las zonas C o D/E. El certificado de instalación térmica, cuando proceda, es distinto del CEE.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · ERRP Zapillo · rehabilitación energética de edificios · convocatoria histórica 2024

Almería · Andalucía

RehabilitaciónAislamientoRenovablesAccesibilidad
Apertura
5 jul 2024
Cierre
30 oct 2024

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · ERRP Zapillo · rehabilitación energética de edificios · convocatoria histórica 2024

Importe y condiciones
Según ahorro de energía primaria no renovable: del 30 % a menos del 45 %, hasta el 40 % y 8.100 €/vivienda; del 45 % a menos del 60 %, hasta el 65 % y 14.500 €/vivienda; desde el 60 %, hasta el 80 % y 21.400 €/vivienda. Límites adicionales para locales que participen en el coste: 72, 130 o 192 €/m², respectivamente. Amianto: incremento sujeto a los límites de las bases. Crédito global redistribuido para Zapillo: 447.171,14 €, separado de vulnerabilidad, urbanización y oficina.
Destinatarios
Comunidades de propietarios

Ayuda histórica para comunidades de propietarios dentro del ERRP Zapillo. Exigía CEE previo, previsto y final y un ahorro mínimo del 30 % de energía primaria no renovable. Ayuda del 40 %, 65 % u 80 % según ahorro. Solicitudes cerradas el 30 de octubre de 2024.

Para quién. Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades constituidas conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, de edificios residenciales colectivos incluidos en el ERRP Zapillo delimitado. La línea 1.1 no era una solicitud individual de cada propietario; las ayudas adicionales por vulnerabilidad pertenecían a otra línea.

Actuaciones. Mejora o rehabilitación energética del edificio con el ahorro exigido; aislamiento de fachadas y cubiertas, instalaciones renovables y actuaciones complementarias de conservación y accesibilidad integradas en la rehabilitación. Incluye costes técnicos, de gestión, informes y certificados vinculados. Se exige proyecto o memoria técnica, libro del edificio o estudio y plan equivalente, acuerdo comunitario, gestión de residuos y retirada de amianto cuando exista. No son subvencionables generadores térmicos que utilicen combustibles fósiles ni licencias, tasas y tributos; IVA sólo si no es recuperable. Incompatible con la línea 3 autonómica para el mismo edificio; otras ayudas sujetas a no duplicar financiación del mismo coste ni superar el coste total.

Restricciones territoriales. Exclusivamente el ERRP Zapillo delimitado por el Ayuntamiento el 09-02-2024, no todo el barrio ni todo Almería. ACB 37: Jaul 67, 71, 75, 79; Tejar 38, 42, 46, 50; Canjáyar 3, 7, 8, 11, 12, 15; Alhama 1, 5, 9; Vícar 2, 3, 6, 7, 10; Félix 8, 12; Abrucena 47, 51, conforme al plano oficial. Ámbito de 26 edificios y 156 viviendas; la adenda programó actuar en 4 edificios y 24 viviendas, sin convertir esa previsión en elegibilidad automática. Al menos el 50 % de superficie construida sobre rasante del edificio debía destinarse a vivienda, excluyendo plantas bajas o inferiores con otros usos compatibles.

Plazo. Convocatoria histórica, línea 1.1 de la Orden de 19-06-2024. Apertura: 05-07-2024 a las 09:00; cierre prorrogado hasta el 30-10-2024 inclusive por Orden de 08-10-2024, BOJA 200 de 14-10-2024. El detalle BDNS conserva el cierre inicial 15-10-2024; se utiliza la prórroga oficial, también confirmada en el portal del programa como plazo vencido. No se ha acreditado reapertura. Ejecución y justificación son fases distintas: las bases preveían 16 meses desde la concesión, excepcionalmente 18 para actuaciones de 40 o más viviendas. La Orden de 14-05-2026 permite que el límite general de 30-06-2026 sea sustituido por la fecha excepcional que acuerde la comisión bilateral; no equivale a nuevas solicitudes ni acredita una prórroga concreta para este ERRP. El crédito redistribuido de 447.171,14 € es global de la línea en Zapillo, no una cuantía individual ni saldo disponible actual.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

La línea 1.1 exige reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, referido a la certificación energética. Deben aportarse CEE del edificio previo al inicio, registrado antes de las obras, y CEE con las actuaciones previstas; para justificar, CEE final registrado, comparables mediante el mismo programa reconocido de certificación y con archivos PDF y XML. El ahorro real determina la ayuda y si queda por debajo del 30 % procede la revocación. Zapillo consta en zona climática A4: no se le impone el ahorro de demanda del 25 % o 35 % reservado a las zonas C o D/E. El certificado de instalación térmica, cuando proceda, es distinto del CEE.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaAutonómica

Andalucía · PREE 5000 en municipios de reto demográfico

Andalucía

Apertura
26 ene 2022
Cierre
31 jul 2024
Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Andalucía · PREE 5000 en municipios de reto demográfico

Convocatoria histórica para rehabilitación energética de edificios existentes; el plazo terminó el 31-07-2024.

Para quién. Personas físicas o jurídicas propietarias, comunidades o agrupaciones de propietarios, entidades locales y demás destinatarios últimos previstos para el programa.

Restricciones territoriales. Edificios residenciales o de otros usos elegibles situados en municipios de reto demográfico: hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 cuando todas sus entidades singulares tengan hasta 5.000 habitantes.

Cómo se solicitaba

Certificado energético: según la actuación

Condicional a las actuaciones de rehabilitación energética: se requiere CEE posterior registrado que demuestre una mejora mínima de una letra y una reducción del 30 % del consumo de energía primaria no renovable; la normativa prevé memoria justificativa alternativa para determinados edificios exceptuados. No aplicar este requisito a actuaciones distintas ni a los supuestos exceptuados.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 30 sept 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · rehabilitación estructural de cubiertas · convocatoria histórica 2022

Almería · Andalucía

Rehabilitación
Apertura
9 nov 2022
Cierre
9 ene 2023

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · rehabilitación estructural de cubiertas · convocatoria histórica 2022

Importe y condiciones
80 % del presupuesto protegible. Éste se limitaba a 380 €/m² útil, con un máximo de 120 m² útiles por vivienda o local; sin garajes, trasteros u otras dependencias. El importe no podía superar lo solicitado ni el gasto realizado. Crédito global: 800.000 €. Compatible con otras ayudas sin superar el coste total.
Destinatarios
Particulares · Comunidades de propietarios · Empresas · Otros destinatarios

Ayuda histórica del 80 % del presupuesto protegible para rehabilitar cubiertas y realizar las actuaciones necesarias para obtener un IEE favorable. Exigía adjuntar el CEE del edificio. Destinada a edificios anteriores a 1972 con cuatro o más viviendas; solicitudes cerradas el 9 de enero de 2023.

Para quién. Personas físicas o jurídicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias con autorización de la propiedad, comunidades de propietarios y demás entidades del artículo 11 de la LGS. Edificios con al menos cuatro viviendas, de las que un mínimo del 50 % fueran residencia habitual; empadronamiento con 180 días de antelación al cierre.

Actuaciones. Conservación y rehabilitación de cubiertas y actuaciones estrictamente necesarias sobre elementos comunes para obtener un IEE favorable. Admisión según gravedad o deficiencias del artículo 6: daños estructurales/colapsos, riesgo de colapso o falta de estanqueidad, evacuación de aguas/impermeabilización/condensación, o petos inestables. No basta una reforma energética genérica. Las obras anteriores a la convocatoria sólo se admitían en el supuesto de colapsos acreditados de los dos años previos. Se exige IEE favorable al concluir.

Restricciones territoriales. Municipio de Almería, sin barrio o ERRP específico. Edificios construidos antes de 1972 con cuatro o más viviendas y al menos el 50 % de unidades residenciales como residencia habitual. Las comunidades actúan sobre elementos comunes. No se admitían inmuebles beneficiados por otros programas municipales en los diez años anteriores, con la excepción de renuncia previa al cobro prevista en el artículo 1.

Plazo. Convocatoria histórica BDNS 656374: dos meses desde el día siguiente al extracto publicado en el BOP 214 de 08-11-2022; BDNS fija 09-11-2022 a 09-01-2023 y estado cerrado. Crédito total de la edición: 800.000 €, no un importe individual. No se ha acreditado reapertura. Ejecución según licencia de obras y justificación en los dos meses siguientes a su finalización, con el límite del artículo 11 de las bases: son plazos distintos del de solicitudes. Licencia o declaración responsable en dos meses desde notificación de concesión, salvo prórroga autorizada. La convocatoria sólo admitía obras previas cuando se acreditasen colapsos totales o parciales de la cubierta en los dos últimos años. No consta saldo actual utilizable para nuevas solicitudes.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

El artículo 4.4 exigía un Informe de Evaluación del Edificio con estado desfavorable de al menos las cubiertas, acompañado de la Certificación de Eficiencia Energética del Edificio. El anexo de solicitud, apartado m, vuelve a exigir IEE y CEE. No establece un salto de letra ni un porcentaje de ahorro energético como requisito de esta convocatoria. El IEE favorable al finalizar las obras es una exigencia distinta.

Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva)

Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaNacional

España · PIREP local · rehabilitación de edificios públicos · convocatoria 2022

Toda España

Apertura
Sin fecha publicada
Cierre
9 jun 2022

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

España · PIREP local · rehabilitación de edificios públicos · convocatoria 2022

Convocatoria histórica para rehabilitar edificios públicos de entidades locales, de uso público no residencial y construidos antes de 2009. Exige reducir al menos un30% la energía primaria no renovable mediante CEE comparables, incluso en edificios fuera del ámbito del RD390/2021. Incluye coste de certificaciones energéticas. Dos líneas cerradas en2022; máximo3M€ por solicitud sin impuestos.

Para quién. Municipios de cualquier población, diputaciones provinciales, cabildos y consells insulares; titularidad pública, cotitularidad local mínima51% o atribución documentada de mantenimiento integral, gestión, reparación y rehabilitación con autorización del titular.

Restricciones territoriales. Territorio elegible España; fondosUE no convierten ámbitoenEuropa. Edificio público no residencial vivienda, anterior2009, uso público20años y acreditaciónjurídicaart5. Noesconvocatoria general para todoslos inmuebles privados ni para comunidadesautónomas como beneficiarias locales.

Plazo. Orden publicada11-03-2022 y extracto12-03-2022; art13 establece45/90días naturales desde día siguiente a publicación. Inicio exacto no consignado enBDNS.600M€ MRR(250M línea1/350M línea2). TiposA/A bis100% sinIVA; B–E ybis85%, base limitada50% delimporteA+A bis; máximo3M€ por solicitud. Uso público no vivienda durante20años, construcción anterior01-01-2009. Línea2 requiere dosde: obra>=500000€, superficie>1000m², intensidad>=500€/m². Fechas originalesrecepción sinreparos:30-09-2024 línea1/31-03-2026 línea2. OrdenVAU/403/2026 disposiciónfinal2 modificaart20 permitiendo prórrogas excepcionales ejecución/justificación autorizadas individualmente; no reabre solicitudes ni fija un nuevo cierre general.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

Art6: ahorro>=30% energía primaria no renovable acreditado medianteCEEantes/después, mismo programa general y versión; certificados obligatorios inclusoedificios fuera delRD390/2021. Art14.6:CEEactualregistrado yCEEproyecto, no bastaetiqueta; final trasobra segúnart6/15. Art10.2 incluye certificaciones energéticas comogasto elegible.

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Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.

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Información contrastada el 14 oct 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · ARRU Pescadería–Avenida del Mar · rehabilitación de edificios · convocatoria histórica 2022

Almería · Andalucía

RehabilitaciónAislamientoVentanasCalefacciónRenovablesAccesibilidad
Apertura
3 feb 2022
Cierre
3 may 2022

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · ARRU Pescadería–Avenida del Mar · rehabilitación de edificios · convocatoria histórica 2022

Importe y condiciones
Hasta el 65 % del presupuesto protegible, con máximo de 13.000 €/vivienda y 130 €/m² de locales u otros usos que participen en el coste. Incremento patrimonial: 1.000 €/vivienda y 10 €/m². En viviendas con ingresos inferiores a 3 IPREM, o con discapacidad o mayores de 65 años y actuaciones de accesibilidad, el porcentaje podía alcanzar el 80 %, según las bases. Crédito global de la línea de comunidades: 1.056.000 €; no es una cuantía individual. Financiación estatal y autonómica, no PRTR.
Destinatarios
Comunidades de propietarios

Convocatoria histórica para comunidades de propietarios del ARRU Pescadería–Avenida del Mar. Incluía rehabilitación energética con ahorro acreditado mediante CEE previo y posterior, además de conservación y accesibilidad. Ayuda general hasta el 65 % del presupuesto protegible. Solicitudes cerradas en mayo de 2022.

Para quién. Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales colectivos incluidos en el ARRU delimitado. Al menos la mitad de las viviendas debía estar ocupada por unidades de convivencia con ingresos inferiores a 4 IPREM; al menos el 50 % de las viviendas debía ser domicilio habitual. No confundir con las líneas municipales de obras, realojos y equipo técnico.

Actuaciones. Obras de conservación, seguridad de utilización, accesibilidad, eficiencia energética y sostenibilidad de edificios residenciales colectivos, incluso en viviendas y elementos comunes. Actuaciones energéticas sujetas a los ahorros de la base sexta cuando corresponda: envolvente, ventanas, climatización, ACS, renovables, instalaciones comunes. Incluye proyectos, informes, certificados y honorarios necesarios justificados a precios de mercado. Impuestos, tasas, tributos y adquisiciones inmobiliarias excluidos. Obras anteriores a la concesión no subvencionables; excepción para gastos técnicos y administrativos preparatorios realizados y abonados después de 01-01-2018. No ayuda del mismo edificio en los tres años previos salvo accesibilidad por discapacidad sobrevenida. Compatibilidad limitada por el coste total y por las exclusiones de la base décima. La convocatoria priorizaba conservación; no todas las actuaciones requerían CEE.

Restricciones territoriales. Exclusivamente el área Pescadería–Avenida del Mar delimitada por Orden de 30-06-2021, BOJA 130 de 08-07-2021, conforme al plano oficial de 26 vértices UTM ETRS89 huso30 publicado en https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/03_pescaderia.pdf . No todo el barrio ni todo el municipio. Al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante debía tener uso residencial, excluyendo plantas bajas o inferiores con otros usos compatibles. Edificios con viabilidad estructural o que la adquieran con la actuación, informe técnico anterior a la solicitud y acuerdo comunitario; no fuera de ordenación ni asimilados.

Plazo. Convocatoria histórica de la Orden de 21-01-2022, BOJA 22 de 02-02-2022: tres meses desde el día siguiente al extracto. El detalle BDNS indica 02-05-2022; la adenda oficial del convenio firmada el 06-11-2025 señala expresamente que el plazo finalizó el 03-05-2022, con una solicitud de comunidad, y se utiliza esta evidencia posterior. No se acredita reapertura ni saldo disponible actual. Las bases fijaban inicio de obras en seis meses y ejecución hasta veinticuatro desde la publicación de concesión, con prórrogas motivadas; la adenda relata una resolución publicada el 16-10-2024 con seis meses para inicio y veinte para finalización desde notificación. No se inventa fecha individual de finalización. La ampliación del convenio colaborador hasta 08-11-2027 no es una ampliación de solicitudes ni acredita por sí sola prórroga de cada obra. Justificación general: dieciocho meses desde el primer pago y cuatro desde el segundo.

Cómo se solicitaba

Certificado energético: según la actuación

CEE condicionado a las actuaciones energéticas, sin exigencia universal para conservación y accesibilidad. Base sexta.5.b: las actuaciones en envolvente, climatización/ACS, renovables e instalaciones comunes de ascensores e iluminación deben reducir la demanda anual de calefacción y refrigeración referida a la certificación energética: 35 % en D/E, 25 % en C y 20 % en alfa/A/B; en alfa/A/B se admite alternativamente reducir al menos un 30 % la energía primaria no renovable. Base21.2.g exige certificación energética previa cuando las actuaciones requieran el porcentaje de ahorro; base28.2.b exige la posterior. Los certificados necesarios y honorarios vinculados pueden formar parte del coste subvencionable, debidamente justificado y a precios de mercado. No equivale a un certificado de instalación.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaMunicipal

Almería · conservación y rehabilitación de viviendas · convocatoria histórica 2021

Almería · Andalucía

RehabilitaciónAccesibilidad
Apertura
14 ago 2021
Cierre
15 nov 2021

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Almería · conservación y rehabilitación de viviendas · convocatoria histórica 2021

Importe y condiciones
80 % del presupuesto protegible en la zona 1 preferente; 40 % en las zonas 2 y 3. Presupuesto protegible limitado a 152 €/m² útil y 120 m² por vivienda o local, excluidos garajes, trasteros y otras dependencias. No podía superar lo solicitado ni el gasto realizado. Crédito global: 800.000 € (320.000/240.000/240.000 € por línea). Compatible con otras ayudas sin superar el coste total.
Destinatarios
Particulares · Comunidades de propietarios · Empresas · Otros destinatarios

Ayuda histórica para conservar y rehabilitar viviendas y edificios: 80 % del presupuesto protegible en la zona preferente y 40 % en el resto del municipio. Exigía IEE acompañado de CEE. Cerrada desde el 15 de noviembre de 2021.

Para quién. Personas físicas o jurídicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias con autorización de la propiedad, comunidades de propietarios y entidades del artículo 11 de la LGS. Para personas físicas: ingresos ponderados de hasta 4,5 IPREM con carácter general o 6,5 IPREM en el casco histórico, y vivienda habitual con un año de empadronamiento, salvo la excepción de inmuebles catalogados del apartado 4.8. Las comunidades actuaban en elementos comunes.

Actuaciones. Conservación de estructura, cimentación, fachadas, cubiertas, redes generales de fontanería y saneamiento y accesibilidad existente; rehabilitación para mejorar adecuación estructural y funcional, habitabilidad y accesibilidad, incluida instalación de ascensor. Debían incluirse las actuaciones necesarias para subsanar el IEE desfavorable y obtener IEE favorable al finalizar. Selección mediante sorteo público entre solicitudes admitidas por línea hasta agotar crédito. Se excluían actuaciones derivadas de declaración de incumplimiento del deber de conservación, y órdenes de reposición urbanística no cumplidas.

Restricciones territoriales. Municipio de Almería. Línea 1: zona preferente delimitada en rojo en el plano oficial de la convocatoria (documento BDNS 601994). Línea 2: resto del casco histórico, delimitación azul. Línea 3: resto del municipio, fuera del conjunto histórico. El 80 % sólo correspondía al perímetro de la línea 1. Se excluían los edificios construidos después de 1991. Edificio residencial: más del 50 % de superficie útil destinada a vivienda; el apartado 4.8 admitía excepcionalmente inmuebles catalogados no residenciales. Mantener propiedad y destino durante diez años tras justificar; no otros programas municipales en los diez años previos, salvo renuncia antes del cobro y sin incumplimiento en los términos de las bases.

Plazo. Convocatoria histórica BDNS 576629, aprobada el 22-07-2021. Extracto BOP 155 de 13-08-2021: tres meses desde el día siguiente, con traslado al primer día hábil cuando el vencimiento fuera inhábil. BDNS y formulario oficial fijan 14-08-2021 a 15-11-2021; no se ha acreditado reapertura. Licencia o declaración responsable en dos meses desde la notificación de concesión, salvo prórroga solicitada antes de vencer. Ejecución según licencia y justificación en dos meses desde finalización, con el límite del apartado 11; son plazos distintos de las solicitudes. El crédito de 800.000 € era global de la edición y no acredita fondos disponibles hoy.

Cómo se solicitaba

Certificado energético

El apartado 4.9 exigía acreditar al solicitar la ayuda que el inmueble disponía de Informe de Evaluación del Edificio, adjuntando la Certificación de la Eficiencia Energética del Edificio. El formulario de solicitud, apartado n, vuelve a exigir ambos documentos. No establece un salto de letra ni un porcentaje de ahorro energético. El IEE favorable al justificar las obras es una exigencia distinta.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Convocatoria cerradaAutonómica

Andalucía · eficiencia energética de viviendas unifamiliares · línea 2 histórica 2019

Andalucía

RehabilitaciónAislamientoVentanasCalefacciónRenovables
Apertura
2 jul 2019
Cierre
1 ago 2019

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

Andalucía · eficiencia energética de viviendas unifamiliares · línea 2 histórica 2019

Importe y condiciones
40 % del presupuesto protegible; hasta 75 % si ingresos residentes <3 IPREM. Tope general 12.000 €/vivienda; 18.000 € con discapacidad y 24.000 € para los tipos/grados especificados. Hasta 1.000 € adicionales por protección patrimonial. La cuantía máxima se incrementaba 25 % para solicitantes de 18 a 34 años en municipios <5.000 habitantes. Con ingresos <3 IPREM: complemento del 25 % de honorarios, proyectos, informes y certificados, máximo 500 €, sujeto a crédito autonómico. Sin superar el coste; impuestos, tasas y tributos excluidos.
Destinatarios
Particulares

Convocatoria histórica para mejorar la eficiencia energética y sostenibilidad de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila. Ayuda del 40 % del presupuesto protegible, hasta el 75 % con ingresos inferiores a 3 IPREM, con topes e incrementos condicionados. Cierre de solicitudes: 1 de agosto de 2019.

Para quién. Personas físicas con nacionalidad española o residencia legal en España, propietarias o titulares de un derecho real de uso y disfrute. También arrendatarias cuando acuerden con la propiedad costear las obras a cambio de la renta. Ingresos de la unidad de convivencia residente inferiores a 5,50 IPREM de 14 pagas. Sin ayuda para rehabilitar la misma vivienda en los tres años anteriores, salvo adecuación por discapacidad sobrevenida. No beneficiarias de los programas de regeneración y renovación urbana y rural ni viviendas para mayores y personas con discapacidad del PEV 2018–2021.

Actuaciones. Línea 2: aislamiento de envolvente, carpinterías y acristalamientos, dispositivos bioclimáticos y sombreamiento; instalaciones eficientes de calefacción, refrigeración, ACS y ventilación o mejora de existentes, control y gestión energética, recuperación de calor y conexión a redes; equipos renovables, incluida fotovoltaica, biomasa, geotermia, solar térmica y aerotermia. También mejoras acústicas DB-HR y salubridad/radón DB-HS, con sus condiciones propias y sin generalizar CEE. Los costes podían incluir honorarios, proyectos, informes y certificados necesarios y gastos administrativos justificados a precios de mercado. No obras ejecutadas antes de conceder, salvo proyectos, informes y certificados. Compatibilidad con L1 identificando y desglosando partidas una sola vez y con otras ayudas dentro del coste total, con las incompatibilidades de la base10.3. Selección por baremación, no por orden de llegada.

Restricciones territoriales. Las ocho provincias de Andalucía; concurrencia competitiva provincial, sin delimitación ERRP. Solo viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila para L2, domicilio habitual y permanente. Finalizadas antes de 1996 para actuaciones energéticas; superficie útil mínima del planeamiento o 36 m² si este no la fija. No fuera de ordenación ni asimiladas a fuera de ordenación; sin condición de infravivienda; viabilidad estructural y constructiva y necesidad acreditadas por informe técnico anterior a la solicitud. Mantener requisitos hasta finalizar justificación; destino habitual y prohibición de transmisión intervivos durante cinco años desde fin de obras, con excepciones de dación y ejecución hipotecaria de la base26.2.f.

Plazo. Histórica BDNS 462349: extracto BOJA 124 de 01-07-2019, un mes desde el día siguiente; BDNS y resolución oficial de Sevilla de 24-01-2020 confirman cierre 01-08-2019. La corrección BOJA 155/13-08-2019 sustituye el formulario de audiencia, sin reabrir solicitudes. La ampliación de seis meses de Sevilla afectó a resolver, no a solicitar. Inicio de obras en seis meses y ejecución en dieciséis meses desde publicar la concesión, con prórrogas justificadas previstas en las bases. Justificación en doce meses desde el primer pago y tres desde el segundo. Crédito inicial L2: 1.600.000 €, sin disponibilidad actual acreditada; no se ha localizado reapertura de esta edición.

Cómo se solicitaba

Certificado energético: según la actuación

Anexo II, base sexta.1.c: las actuaciones de envolvente, instalaciones térmicas y renovables (ordinales 1–3) debían reducir demanda anual de calefacción y refrigeración referida a certificación energética: D/E 35 %, C 25 %, α/A/B 20 % o, en estas últimas zonas, alternativa de reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos 30 %. Base sexta.2: justificar situación previa y posterior mediante programas reconocidos. Base vigésima.2.e: certificación energética previa cuando la actuación L2 exige porcentaje de reducción. Costes de certificados necesarios subvencionables, base sexta.3. No atribuir el umbral a actuaciones exclusivamente acústicas o de radón de los ordinales 4–5 ni inventar un salto de letra o registro obligatorio.

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Información contrastada el 22 oct 2026.

Empresas, administraciones y otras entidades (1)

Estas convocatorias se dirigen a otros beneficiarios. Consulta quién puede solicitarlas en cada ficha.

Otras convocatorias abiertas y próximas

1 convocatoria

Plazo abiertoNacional

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Toda España

Apertura
15 sept 2026
Cierre
18 nov 2026

El plazo tiene condiciones. Consulta los requisitos.

Resumen y requisitos

Resumen y requisitos

INNOVAE · proyectos singulares de eficiencia

Proyectos innovadores de ahorro y eficiencia energética; no es una ayuda doméstica ordinaria.

Para quién. Empresas y entidades que cumplan las bases.

Plazo. Cierra a las 12:00 h.

Cómo solicitarla

Certificado energético: según la actuación

En renovación profunda de edificios: CEE inicial y previsto; CEE final registrado al justificar. No se exige a todas las tipologías industriales.

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Información contrastada el 30 sept 2026.

¿Estas ayudas se aplican a mi vivienda?

Mostramos las ayudas del catálogo cuya cobertura incluye a Almería, también las de ámbito provincial, autonómico o estatal cuando corresponda. La cobertura territorial no garantiza que cumplas los requisitos: algunas limitan barrios, tipos de inmueble o beneficiarios.