Subvención provincial de 8 M€ para ayuntamientos de Pontevedra de hasta 50.000 habitantes (IGE 2023), destinada a instalaciones deportivas de uso exclusivamente deportivo, equipamientos y terrenos. En proyectos de obra sujetos a la certificación energética según RD 235/2013, la documentación del proyecto incluye el certificado CEE; esta obligación es condicional a la tipología de obra y no cubre automáticamente material o adquisición de terrenos. Solicitudes cerradas el 22-01-2025.
Para quién. Ayuntamientos de la provincia de Pontevedra con hasta 50.000 habitantes según certificación IGE referida al censo 2023. Las instalaciones de usos múltiples solo son admisibles si su uso deportivo es exclusivo.
Restricciones territoriales. Solo ayuntamientos de la provincia de Pontevedra con población de derecho hasta 50.000 habitantes según IGE, censo 2023 (base 4). Convocatoria destinada a construcción, cubiertas, modernización, mejora, equipamiento inventariable y terrenos para uso deportivo; las instalaciones de usos múltiples deben tener carácter exclusivamente deportivo. La base 10(j) exige CEE en la documentación del proyecto para edificios de nueva construcción y demás ámbitos sujetos al RD 235/2013. En proyectos de obra inferiores a 40.000 € la base permite documento técnico simplificado; no generalizar CEE a todos los gastos o actuaciones.
Plazo. BDNS 792026 registra plazo de solicitud 23-10-2024–22-01-2025 y estado cerrado. Bases aprobadas 18-10-2024, BOPPO 206/22-10-2024, acuerdo 3.8273; crédito 8.000.000 € de fondos propios de la Diputación. Base 6 reparte 55,31 % como importe fijo (75.000 € por ayuntamiento) y 44,69 % por población; no hay cuantía universal por obra. La base 19 fijaba ejecución a 30-04-2026; acuerdo 5.8589, publicado en BOPPO 49/12-03-2026, la prorrogó al 31-10-2026 y movió justificación al 31-03-2027. Estos plazos se refieren a subvenciones ya concedidas, no a nuevas solicitudes.
Cómo se solicitaba Certificado energético: según la actuación La base 10(j) incorpora el certificado de eficiencia energética en los documentos del proyecto de obra para edificios de nueva construcción y demás ámbitos a los que se aplica el RD 235/2013. Es una condición documental concreta, pero no universal: los gastos de material/terrenos no son por sí mismos CEE y para obras menores de 40.000 € se admite simplificar documentación técnica.
Consultar este requisito en las bases (abre una pestaña nueva) Consulta la documentación completa y el procedimiento en la convocatoria oficial.